Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (13/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Domingo 13 de febrero de 2022 El Peruano / 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del Artículo 195º y 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modi fi catorias, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, el Artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modi fi catorias, señala que el vencimiento de pago al contado del Impuesto Predial es hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, la primera cuota deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre; Que, el inciso a) del Artículo 68º del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal y la Norma II del T.U.O. del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modi fi catorias, señalan que los arbitrios son las tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente; Que, por Informe Nº 004-2022-SGRRFT-GAT/MDPN de fecha 13 de enero de 2022, la Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria propone un Proyecto de Ordenanza que establece las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022 e Incentivo por Pronto Pago del ejercicio 2022; siendo que es política de la Administración Municipal otorgar facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación oportuna de sus tributos municipales, ya sea ésta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributarias vigentes o que se encuentren pendientes de pago; así como incentivar a los contribuyentes al cumplimiento puntual de sus obligaciones tributarias, encontrando oportuno establecer un incentivo por pronto pago anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2022; Que, con el Memorándum Nº 012-2022-GAT/MDPN de fecha 13 de enero de 2022, la Gerencia de Administración Tributaria remite la propuesta de ordenanza a la Gerencia de Asesoría Jurídica para la emisión de opinión legal; Que, mediante el Informe Nº 013-2022-GAJ/MDPN de fecha 17 de enero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal, concluyendo que resulta viable la aprobación del Proyecto de Ordenanza que establece las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022 e incentivo por pronto pago del ejercicio 2022 en el distrito de Punta Negra, debiendo remitirse al pleno del Concejo para su aprobación; Que, por Informe Nº 002-2022-GAT/MDPN de fecha 18 de enero de 2022, la Gerencia de Administración Tributaria remite los actuados a la Gerencia Municipal para su aprobación ante el Concejo Municipal, el mismo que mediante Proveído Nº 0030-2022-GM/MDPN de fecha 20 de enero de 2022, es remitido a la Secretaría General e Imagen Institucional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el pronunciamiento favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Concejo Municipal aprobó POR UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2022 E INCENTIVO POR PRONTO PAGO DEL EJERCICIO 2022 Artículo 1º.- FINALIDAD Establecer las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022 e Incentivo por Pronto Pago del ejercicio 2022 administrado por la Municipalidad Distrital de Punta Negra. Artículo 2º.- FECHAS DE VENCIMIENTO Establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2022 y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo, en: Fechas de vencimiento - Impuesto Predial 2022 Pago al contado 28 de Febrero Primera Cuota 28 de Febrero Segunda Cuota 31 de Mayo Tercera Cuota 31 de Agosto Cuarta Cuota 30 de Noviembre Fechas de vencimiento - Arbitrios Municipales 2022 Enero 31 de Enero Febrero 28 de Febrero Marzo 31 de Marzo Abril 30 de Abril Mayo 31 de Mayo Junio 30 de Junio Julio 31 de Julio Agosto 31 de Agosto Septiembre 30 de Setiembre Octubre 31 de Octubre Noviembre 30 de Noviembre Diciembre 31 de Diciembre Artículo 3º.- INCENTIVOS POR PRONTO PAGO Y VIGENCIA Los contribuyentes podrán optar por acogerse a los siguientes incentivos tributarios: a) 15% de descuento sobre el monto insoluto total de Arbitrios Municipales 2022, siempre y cuando se encuentre al día en el pago total del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de todos sus predios (anexos) hasta el 2021, y efectúen en forma adelantada la cancelación total del pago anual del Impuesto Predial 2022 y las doce (12) cuotas de Arbitrios Municipales 2022 hasta el 28/02/2022. b) 10% de descuento sobre el monto insoluto total de Arbitrios Municipales 2022, siempre y cuando efectúen en forma adelantada la cancelación total del pago anual del Impuesto Predial 2022 y las doce (12) cuotas de Arbitrios Municipales 2022 hasta el 28/02/2022. c) 5% de descuento sobre el monto insoluto total de Arbitrios Municipales 2022, siempre y cuando efectúen en forma adelantada la cancelación total del pago anual de las doce (12) cuotas de Arbitrios Municipales 2022 hasta el 28/02/2022. Artículo 4º.- PRECISIONES A LA APLICACIÓN DEL INCENTIVO POR PRONTO PAGO - La aplicación de los descuentos establecidos en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, serán aplicados por predio (anexo) cancelado. - En el caso de contribuyentes con la condición de Pensionistas y Adulto Mayores con bene fi cios establecidos en el Artículo 19º de la Ley de Tributación Municipal o contribuyentes con la condición de Inafectos al pago del Impuesto Predial establecidos en el Artículo 17º de la Ley de Tributación Municipal, podrán acogerse al incentivo establecido en el inciso a) del Artículo 3º de la presente Ordenanza. - Los contribuyentes que se acojan a los bene fi cios establecidos en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, entre el periodo hasta el 28/02/2022, tendrán la condonación del interés moratorio generado por la primera cuota de Arbitrios Municipales del mes enero 2022.