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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (13/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Domingo 13 de febrero de 2022 El Peruano / DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y, el extremo que otorga los incentivos por pronto pago estará vigente hasta el 28 de febrero de 2022. Segundo.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como a la Secretaria General e Imagen Institucional la difusión de su contenido y su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Cuarto.- Encargar a la Sub Gerencia de Logística e Informática la implementación de la presente Ordenanza en el Sistema Tributario Municipal, así como su publicación en el Portal Institucional: www.munipuntanegra.gob.pe y Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JULIA IBET TATAJE TABOADA Alcalde 2038814-1 Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Punta Negra RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 028-2022/AL/MDPN Punta Negra, 08 de febrero de 2022.LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA: VISTO: El Informe Nº 020-2022/GDESC/MDPN de la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Comunales, el Informe Nº 018-2022-SGPPR-GAF/MDPN e Informe Técnico de la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe Nº 010-2022-GAF/MDPN de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 040-2022-GAJ/MDPN de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº080-2022-GM/MDPN de la Gerencia Municipal, sobre la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) para el año 2022, de la Municipalidad Distrital de Punta Negra; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía que la Constitución Política del Perú establece en su artículo 194º, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;Que, el numeral 29.1 artículo 29º del TUO de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA, establece: “En el marco del Sistema Nacional de Bienes Estatales, las entidades pueden constituir usufructo, servidumbre común, arrendamiento, cesión de uso, comodato u otros derechos que no impliquen enajenación del inmueble que se encuentra bajo su titularidad o administración, siempre que no se desnaturalice u obstaculice el normal funcionamiento del uso público del bien o la prestación del servicio público”; Que, conforme a lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el cual señala: “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarro0llo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; Que, por Informe Nº 020-2022/GDESC/MDPN de fecha 12 de enero de 2022, la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Comunales presenta la propuesta del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), en atención al Expediente Nº 077-2020 presentado por la Asociación de Heladeros Playas Punta Negra y con el objetivo de alcanzar las metas propuestas por la entidad; Que, mediante Informe Nº 018-2022-SGPPR-GAF/ MDPN de fecha 26 de enero de 2022, la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, sustenta la formulación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, remitiendo el Informe Técnico en el cual concluye que el Proyecto TUSNE cumple con las formalidades técnicas, administrativas y legales para efectos de su aprobación; Que, con Informen Nº 010-2022-GAF/MDPN de fecha 26 de enero de 2022, la Gerencia de Administración y Finanzas remite a la Gerencia Municipal los actuados para la aprobación del Proyecto TUSNE de la Municipalidad de Punta Negra, que contiene sesenta y uno (61) Servicios No Exclusivos; la cual mediante Proveído Nº 049-2022-GM/MDPN de fecha 28 de enero de 2022 fue remitido a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para emisión de opinión legal; Que, por Informe Nº 040-2022-GAJ/MDPN de fecha 02 de febrero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal, concluyendo que resulta viable la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, debiendo emitirse para ello la resolución que corresponda, el mismo que mediante Proveído Nº 080-2022/GM de fecha 03 de febrero de 2022, fue remitido a la Secretaría General para la expedición de Resolución de Alcaldía; Estando a las consideraciones expuestas; y, con las facultades previstas en el numeral 6) del Artículo 20º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, el mismo que consta de sesenta y uno (61) Servicios No Exclusivos que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo.- DISPONER que todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, según sus competencias, se encarguen del estricto cumplimiento de lo previsto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Alcaldía Nº 173-2021/AL/MDPN de fecha 14 de mayo de 2021 y toda disposición administrativa de igual o inferior jerarquía que se oponga a los dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General e Imagen Institucional la publicación de la presente Resolución de Alcaldía y su anexo en el diario o fi cial “El Peruano”; así como a la Sub Gerencia de Logística e Informática su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Punta Negra (www.munipuntanegra.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JULIA IBET TATAJE TABOADA Alcalde