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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (26/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Sábado 26 de febrero de 2022 El Peruano / de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Resolución Ministerial Nº 0658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y la Resolución Ministerial Nº 0367-2020-MTC/01.02. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar la “Matriz de Actividades Estratégicas que permitan la mitigación de los Gases de Efecto Invernadero en el Sector Transporte Urbano”, elaborada por el “Grupo de Trabajo Multisectorial de la NAMA Transporte Urbano Sostenible del Perú - NAMA TRANSPerú”, conformado por Resolución Ministerial Nº 0367-2020-MTC/01.02, que consta de seis (6) componentes y cincuenta y tres (53) actividades que, en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 2042347-1 Aprueban el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Transportes y Comunicaciones para el periodo 2023-2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 127-2022-MTC/01 Lima, 25 de febrero de 2022VISTOS: El Memorando N° 0369-2022-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 0162-2022-MTC/09.02 de la O fi cina de Inversiones; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo No 242-2018-EF, en adelante el TUO del Decreto Legislativo No 1252, regula el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 del TUO del Decreto Legislativo N° 1252, establece como una de las Fases del Ciclo de Inversión a la Programación Multianual de Inversiones, la cual consiste en un proceso de coordinación y articulación interinstitucional e intergubernamental, de proyección trianual, como mínimo, tomando en cuenta los fondos públicos destinados a la inversión proyectados en el Marco Macroeconómico Multianual, el cual está a cargo, entre otros, de los Sectores; Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del TUO del Decreto Legislativo N° 1252, concordado con el numeral 9.3 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF (en adelante el Reglamento), disponen que el Ministro, en su calidad de Órgano Resolutivo y conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprueba el Programa Multianual de Inversiones (PMI) Sectorial, así como las modi fi caciones de los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en el PMI; Que, asimismo, el numeral 13 del artículo 3 del Reglamento, establece que el Programa Multianual de Inversiones contiene los Indicadores de Brecha de Infraestructura, el Diagnóstico de la Situación de las Brechas de Infraestructura y/o de acceso a servicios, los Criterios de Priorización de las Inversiones y la Cartera de Inversiones, bajo la responsabilidad funcional de un Sector; Que, el artículo 10 del Reglamento establece que la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector, es el órgano del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones responsable de la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión en el ámbito de la responsabilidad funcional del Sector; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Directiva No 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01 y modi fi catorias, establece que el Programa Multianual de Inversiones Sectorial es aprobado mediante resolución del Ministro del Sector; Que, mediante Memorando N° 0369-2022-MTC/09 la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 0162-2022-MTC/09.02 de la O fi cina de Inversiones, en su calidad de O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector, sustenta y propone la aprobación del Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Transportes y Comunicaciones para el periodo 2023-2025, que contiene los Indicadores de Brechas, el Diagnóstico de Brechas y los Criterios de Priorización de las Inversiones, así como, la Cartera de Inversiones del Sector; Que, en el marco de las normas antes señaladas y la propuesta formulada por la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del sector, es necesario aprobar el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Transportes y Comunicaciones para el periodo 2023-2025; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 242-2018-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018- EF; y la Directiva N° 0001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 0001-2019-EF/63.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Transportes y Comunicaciones para el periodo 2023-2025, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 2043059-1