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62 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2022 El Peruano / de hasta el 70% de deudas pendientes de pago hasta el 31 de diciembre 2007, el 50% deuda pendiente de pago entre los periodos 2008 al 31 de diciembre del 2014, el 20% del periodo 2015 al 31 de diciembre del 2018 y, así mismo se otorgara un descuento del 100% de los intereses moratorias que se hubieran generado al 31de diciembre del 2021 por concepto de pago de Arbitrios Municipales con la condición que cancelen al contado el total y/o parcial de la deuda de los tributos en referencia, la que se aplicara de acuerdo a la siguiente escala : DEUDA TRIBUTARIAPERIODODESCUENTOS INSOLUTO INTERESES IMPUESTO PREDIAL 2021 Y ANTERIORES- 100%IMPUESTO VEHICULAR IMPUESTO DE ALCABALA ARBITRIOS MUNICIPALES2019 - 2021 - 100% 2015-2018 20% 100% 2008 - 2014 50% 2007 y anteriores 70% b. En el caso de otros tributos e impuestos municipales, solo se condonarán los intereses que se hayan generado a la fecha de entrada de vigencia de la presente norma. Artículo Octavo.- Bene fi cio por el Pago de Multas Administrativas Todos los contribuyentes que registren deuda por Multas Tributarias, por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales e Impuesto Vehicular, Impuesto de Alcabala; siempre que cancelen al contado la totalidad de la deuda se les aplicara el 100% de descuentos de los intereses moratorias devengados que se encuentren en la vía administrativa que hayan sido aplicadas hasta el año 2021. El pago de la multa no exime al administrado del cumplimiento de la medida correctiva que corresponda. Artículo Noveno.- Pagos Anteriores Los montos cancelados con anterioridad a la presente Ordenanza no serán pasibles de compensación y/o devolución . Artículo Décimo.- Vigencia La Vigencia de la presente Ordenanza será desde el día siguiente de su publicación hasta el 31 de agosto de 2022. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como ampliar el periodo de vigencia durante el presente año fi scal, en caso que fuere necesario. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario encargado de los avisos judiciales y legales; y su anexo será publicado en la página web de la Municipalidad Provincial de Chepén www.munichepen.gob.pe; hasta el 31 de agosto del presente ejercicio fi scal 2022; vencidos los plazos se actualizará la deuda y se generarán los intereses y reajustes correspondientes procediéndose a ejecutar la cobranza del total de la deuda, conforme a las facultades establecidas en el Código Tributario. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. MARÍA DEL CARMEN CUBAS CÁCERES Alcaldesa Provincial 2083236-1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Aprueban Plan Específico Sector A6-4A, distrito de San Antonio de la provincia de Mariscal Nieto ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014 -2022-MPMN Moquegua, 18 de mayo de 2022EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO, en “Sesión Ordinaria” de fecha 17-05-2022, el Dictamen Nº 012-2022-CDUAAT-MPMN de Registro Nº 2214500 de fecha 05-05-2022, Informe Legal Nº 474-2022-GAJ/GM/MPMN de Registro Nº 2211934 de fecha 12-04-2022 sobre APROBACIÓN DEL “PLAN ESPECÍFICO DEL SECTOR A6-4A DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO, PROVINCIA MARISCAL NIETO - MOQUEGUA”, CON PARTIDA REGISTRAL Nº 11041690, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título preliminar de la Ley Nº 27972; Que, con Carta Nº 089-2022-ARQ.JELA/SGPCUAT- GDUAAT/GM/MPMN, de fecha 25-03-2022, el Arquitecto j. Erick Loayza Arista hace llegar a la Sub Gerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, el Informe Técnico del Plan Especí fi co Sector A6-4A, Distrito de San Antonio de la Provincia de Mariscal Nieto – Moquegua, indicando que ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Supremo Nº022- 2016-VIVIENDA Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible; adjuntando todos sus antecedentes en Archivador que contiene: (i) Antecedentes, (ii) Acta de Audiencia Pública Plan Especí fi co, (iii) Informe de Cumplimiento de Publicación en el Portal Web Institucional, (iv) Informe de Cumplimiento de Publicación en el Pizarrín de la Municipalidad, (v) Carta de Invitación a Exposición Técnica del Plan Especí fi co, (vi) Partida Registral (vii) Plan Especí fi co del sector A6 – 4A Distrito de San Antonio, Provincia de Mariscal Nieto Departamento de Moquegua. (viii) Informe de Evaluación de Riesgo generado por Fenómenos Naturales Sector A6 – 4A, y (ix) Estudio de Mecánica de Suelos; Que, con Informe Nº 567-2022-SPCUAT/GDUAAT/ GM/MPMN de fecha 31-03-2022 el Sub Gerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, remite el presente expediente a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial en mérito a los Informes Nº 121-2022-ABOG.YENQ-AL.SGPCUAT-GDUAAT/GM/MPMN, de fecha 31-03-2022 e Informe Nº 083-2022- ABOG.YENQ-AL.SGPCUAT-GDUAAT -GM/MPMN, del 31 -03-2022, efectuado por el Asesor Legal de la Sub Gerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial donde informa a dicho Sub Gerente su Opinión sobre el Plan Especí fi co Sector A6-4A, Distrito de San Antonio de la Provincia de Mariscal Nieto – Moquegua donde indica que se encuentra al amparo de los alcances del Decreto Supremo Nº022- 2016-VIVIENDA Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible; por lo que emite Opinión favorable para proceder con el trámite respectivo para su aprobación por el Pleno del Concejo Municipal, estando a la Opinión Técnica emitida por el Arquitecto j. Erick Loayza Arista. Ello Para continuar con el trámite; Que, con Informe Nº 0412-2021-GDUAAT/GM/ MPMN de fecha 06-04-2022 el Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial deriva el presente ex a la Gerencia de Asesoría Legal, en