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57 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de julio de 2022 El Peruano / ORDENANZA QUE AUTORIZA EL SORTEO PÚBLICO: “SI TE ENCUENTRAS AL DÍA EN IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES AÑOS 2020 - 2021 -2022 TE LLEVARAS FABULOSOS PREMIOS” Artículo 1º.- Autorizar la realización del sorteo público denominado: “SI TE ENCUENTRAS AL DÍA EN EL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES AÑOS 2020 - 2021 - 2022 TE LLEVARAS FABULOSOS PREMIOS”, para los contribuyentes del distrito de La Victoria, a realizarse el 15 de agosto de 2022, en la ofi cina de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, ubicado en el parque Unión Panamericana S/N Urbanización Balconcillo. Artículo 2º.- Autorizar para el sorteo indicado, el otorgamiento de cuarenta y ocho premios, a ser sorteados entre el total de contribuyentes hábiles, consistente en la jurisdicción del distrito de La Victoria. ÍTEM PRODUCTOS CANTIDAD 1 TELEVISOR 32” 32 TELEVISOR 43” 4 3 COCINA 4 HORNILLAS 8 4 LAVADORAS 85 REFRIGERADORAS 66 BICICLETAS 3 7 HORNO MICROONDAS 6 8 COMBOS 10 48 Que, los bienes que se detallan en el cuadro tienen como base normativa el artículo décimo de las bases del sorteo “Paga tu impuesto predial 2020 y llévate fabulosos premios”, aprobada por Ordenanza Nº 356/MLV. Artículo 3º.- Precisar que se consideran contribuyentes hábiles para participar en el sorteo público todas las personas naturales registradas como contribuyentes activos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al 2022 del Distrito de La Victoria, que al 31 de julio de 2022, hayan cumplido con el pago total de su obligación tributaria por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2020 - 2021 - 2022, según los criterios establecidos en las bases del sorteo. Artículo 4º.- Aprobar las Bases del Sorteo Tributario de Premios para los contribuyentes puntuales del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales años 2020 - 2021 - 2022, en el distrito de La Victoria, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal la coordinación general del sorteo, a la Gerencia de Administración y Finanzas la disposición de los bienes que constituyen los premios del sorteo y las coordinaciones con la Notaria Pública; a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto ejecutar, las acciones administrativas y presupuestarias para cumplir con lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 6º.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer prórrogas en la vigencia de la misma. Artículo 7º.- Encargar a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación del presente dispositivo y su anexo I en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 2083442-1Disponen embanderamiento general en viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas del distrito de La Victoria DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2022/MLV La Victoria, 4 de julio de 2022.EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DE LA VICTORIA; CONSIDERANDO:Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política y sus modi fi catorias, en concordancia con el art. II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el 28 de julio del presente año se conmemora el 201º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; siendo una fecha de trascendencia nacional y constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revalorización de los principios cívicos y el respeto y amor a la patria; Que, es deber del gobierno local incentivar la participación cívica de la población victoriana, resaltando los valores nacionales, así como, propiciando la veneración de los símbolos patrios; Que, la generación del patriotismo promovida por la gestión municipal, que resalta con los hechos históricos que remarcan nuestra identidad nacional y conciencia cívica, se realiza a través de la celebración de actividades y festividades en conmemoración de las próximas Fiestas Patrias; para ello, es tradicional el mejoramiento y embellecimiento del ornato de la ciudad, como es el embanderamiento general y la limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del distrito de La Victoria, como muestra del respeto y civismo hacia la patria; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 200º, y artículo 420 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General y Gerencia de Asesoría Jurídica; SE DECRETA: Artículo 1º.- Disponer el embanderamiento general, en todas las viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas del distrito de La Victoria, a partir de su publicación hasta el 31 de julio de 2022, como acto cívico al conmemorarse el 201º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo 2º.- Establecer que las banderas y pabellones nacionales a izar deben estar en buen estado de conservación como muestra de respeto a los símbolos patrios. Artículo 3º .- Exhortar a los vecinos del distrito a fi n de que realicen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo 4º .- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional para su efectiva difusión y