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7 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / Que, de acuerdo con el artículo 10 del Documento de Organización y Funciones de la ARCC, la Dirección Ejecutiva es un órgano de la Alta Dirección y está a cargo del/la Director/a Ejecutivo/a quien es la máxima autoridad ejecutiva de la ARCC; Que, en ese contexto, teniendo en cuenta que el Órgano Resolutivo es quien autoriza la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes y su ejecución, resulta una función vinculada a estas dos funciones la aprobación de los expedientes técnicos o documentos equivalentes, dado que, no poder realizar esta última implicaría que las dos primeras se tornen inoperantes; en consecuencia, corresponde a la Dirección Ejecutiva la aprobación de los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de la ARCC que se pongan a su consideración, en el marco de la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, los literales a) y p) del artículo 11 del Documento de Organización y Funciones de la ARCC, señalan como funciones de la Dirección Ejecutiva, ejercer la representación legal y administrativa de la ARCC, así como delegar en el Director/a Ejecutivo/a Adjunto/a, en el/la Gerente General y en los titulares de los órganos de la entidad, conforme a sus atribuciones, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, de acuerdo al artículo 37 del Documento de Organización y Funciones de la ARCC, la Dirección de Soluciones Integrales es el órgano de línea responsable de la programación, dirección, supervisión y ejecución de acciones para la implementación del componente construcción del PIRCC, que involucra las soluciones integrales para el manejo de ríos, quebradas y drenajes pluviales, así como de las intervenciones del componente reconstrucción del Plan referidas al Sector Agricultura, y de la articulación e integración de las actividades para la preparación e implementación de dichos componentes; Que, asimismo de acuerdo a los literales b), f) y l) del artículo 38 del Documento de Organización y Funciones de la ARCC, la Dirección de Soluciones Integrales tiene como funciones, las siguientes: programar, diseñar, dirigir y ejecutar las estrategias para la implementación de las soluciones integrales para el manejo de ríos, quebradas y drenajes pluviales, en términos de alcance, tiempo y costo, en las etapas de diseño, contratación, implementación y entrega, incluyendo los planes maestros; administrar y supervisar el cumplimiento de la ejecución de los contratos requeridos para el desarrollo de intervenciones de soluciones integrales y de reconstrucción del Sector Agricultura; y, ejercer las demás funciones que le asigne la Dirección Ejecutiva en el marco de sus competencias; Que, mediante el Memorando Nº 2365-2022-ARCC/ DE/DSI, la Dirección de Soluciones Integrales solicita se delegue en el Director de la Dirección de Soluciones Integrales, la facultad de aprobar expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión de soluciones integrales que se encuentran a cargo de la ARCC; Que, con el Informe N° 00620-2022-ARCC/GG/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que la facultad a ser delegada en el Director de Soluciones Integrales se enmarca en las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de las Inversiones, su Reglamento, y considerando que se cumplen con los requisitos y exigencias previstas en el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, emite opinión favorable señalando que resulta legalmente viable que el Director Ejecutivo delegue en el Director de la Dirección de Soluciones Integrales la facultad para aprobar expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión en el marco de sus competencias; Que, teniendo en cuenta la organización institucional vigente, así como la necesidad de optimizar el procedimiento de aprobación de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión a cargo de la ARCC; corresponde delegar la mencionada función en el Director de Soluciones Integrales, según lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y su Reglamento; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; su Reglamento; y, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020- ARCC/DE, que aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación de facultad al Director de la Dirección de Soluciones Integrales de la ARCC Delegar en el/la Director/a de la Dirección de Soluciones Integrales, durante el Año Fiscal 2022, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y su Reglamento, lo siguiente: - Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión, en el marco de sus competencias. Artículo 2.- De la obligación del funcionario delegado El funcionario en el cual se ha delegado la facultad a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución, tiene la obligación de informar trimestralmente al/a la Director/a Ejecutivo/a de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, las actuaciones realizadas en virtud de la delegación. Artículo 3.- De la vigencia y publicación La delegación autorizada mediante la presente resolución tiene vigencia durante el Año Fiscal 2022 y rige a partir de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. La presente Resolución se publica en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERT LOPEZ LOPEZ Director Ejecutivo Autoridad para la Reconstrucción con Cambios 2083819-1 CUL TURA Determinan la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico Petroglifos de Paras sectores A y B, ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000056-2022-DGPA/MC San Borja, 27 de mayo de 2022 Vistos, el Informe de Inspección N° 001-2022-DDC ICA-SGNP-AYA/MC de fecha 11 de marzo de 2022, en razón del cual la Dirección Desconcentrada de Cultura