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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2022 (07/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro/a de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1. Designar al señor GABRIEL GERARDO SALAZAR VEGA, en el cargo de Viceministro de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción. Artículo 2. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2084028-2 Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de becarios, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 328-2022-PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 4 de julio de 2022VISTOS:El Informe N° 080-2022-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 078-2022-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 013-2022-PRODUCE/PROINNOVATE.CONTA de la Sub Unidad de Contabilidad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, a través de la Ley N° 31365 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, y mediante el artículo 69°, autorizó al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo, que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa;Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, de fecha 24 de marzo de 2021, se dispone la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), el cual PROINNOVATE fusiona por absorción; en mérito a lo cual, las obligaciones y facultades de Innóvate Perú han sido absorbidas por PROINNOVATE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 460-2021-PRODUCE, de fecha 30 de diciembre de 2021, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 291-2022-PRODUCE/PROINNÓVATE de fecha 17 de junio de 2022, se aprueba el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas hasta por el monto total de S/ 996,464.01 (Novecientos noventa y seis mil cuatrocientos sesenta y cuatro y 01/100 soles) monto que comprendía, entre otros, S/. 290,900.93 (Doscientos noventa mil novecientos y 93/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos Operaciones O fi ciales de Crédito, destinado a co fi nanciar los desembolsos de los becarios en el marco del Contrato de Préstamo No 3700/OC-PE; Que, mediante Informe N° 013-2022-PRODUCE/ PROINNOVATE.CONTA de fecha 1 de julio de 2022, la Sub Unidad de Contabilidad recomienda la emisión de una Resolución de Dirección Ejecutiva por el monto de S/. 2,621.82 (Dos mil seiscientos veintiuno y 82/100 soles), toda vez que que con fecha 17 de junio de 2022 dicha Sub Unidad procedió al registro devengado a favor de dieciocho (18) becarios con un tipo de cambio de S/. 3.750, por un importe total de S/. 39,326.62 (Treinta y nueve mil trescientos veintiséis y 62/100 soles), sin embargo, con fecha 28 de junio de 2022 la Sub Unidad de Tesorería manifesta que al momento de girar el banco no reconocía el tipo de cambio por ser menor, ya que el Banco de la Nación otorga el tipo de cambio del día en que se gira; Que con fecha 1 de julio de 2022 la Sub Unidad de Contabilidad procede a registrar en el SIAF las certi fi caciones de los dieciocho (18) becarios antes mencionados, con un tipo de cambio de S/. 4.00, por un monto total de S/. 41,948.44 (Cuarenta y un mil novecientos cuarenta y ocho y 44/100 soles), lo que dio lugar a un remanente ascendiente a S/. 2,621.82 (Dos mil seiscientos veintiuno y 82/100 soles), tal como se muestra en el siguiente cuadro: N° Contratos Meta CCPMonto Certifi cado al tc. S/ 3.75Monto Certifi cado al tc. S/ 4.00Variación 001 040-21 007 1374 1,836.86 1,959.32 122.46 002 048-21 007 1375 1,836.86 1,959.32 122.46003 054-21 007 1376 1,836.86 1,959.32 122.46 004 155-21 007 1377 1,836.86 1,959.32 122.46005 044-21 007 1378 1,836.86 1,959.32 122.46 006 156-21 007 1401 1,836.86 1,959.32 122.46007 041-21 007 1402 1,836.86 1,959.32 122.46008 166-21 007 1403 1,836.86 1,959.32 122.46009 012-22 007 1003 8,100.00 8,640.00 540.00010 042-21 007 1379 1,836.86 1,959.32 122.46 011 043-21 007 1380 1,836.86 1,959.32 122.46