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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2022 (11/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Lunes 11 de julio de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Disponen el embanderamiento general del distrito de San Borja DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2022-MSB-A San Borja, 30 de junio de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes N° 28607 y N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 prescribe que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, el 28 de julio de 2022, se conmemora el Bicentésimo Primer (201°) aniversario de la Independencia del Perú; en atención a ello, con motivo de resaltar el mes del Aniversario Patrio, se requiere de la participación conjunta de los vecinos, a fi n de expresar nuestro espíritu cívico patrio, mediante el embanderamiento general del distrito; Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el visto bueno de la Gerencia Municipal DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de San Borja del 13 al 31 de julio de 2022, con ocasión de conmemorarse el Bicentésimo Primer (201°) aniversario de nuestra Independencia, incluyéndose en esta disposición todos los predios, sean privados o públicos, de vivienda y comercio. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, O fi cina de Participación Vecinal y Gerencia de Seguridad Humana. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 2082565-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Aprueban Reglamento para el Uso y Administración del Depósito Municipal DECRETO DE ALCALDÍA N° 05-2022-MDB/AL Bellavista, 7 de julio de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTAVISTO: El informe N° 05-2022-MDB-GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control y el Informe Legal N° 264-2022-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que la autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 010-2019- MDB se aprueba y regula el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) de la Municipalidad Distrital de Bellavista; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 013-2020-MDB se prohíbe dejar vehículos abandonados o que interrumpan la libre circulación en la vía pública del distrito de Bellavista; Que, la Gerencia de Fiscalización y Control, mediante Informe N° 05-2022-MDB-GFC de fecha 30 de junio de 2022, señala que es necesario reglamentar el uso y administración del Depósito Municipal de la Municipalidad Distrital de Bellavista, para la regulación del internamiento y liberación de vehículos motorizados, no motorizados y los bienes muebles, retenidos como consecuencia de la aplicación de las medidas correctivas establecidas en el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y en otros instrumentos contenidos en normas municipales; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal N° 264-2022-GAJ/MDB de fecha 06 de julio de 2022, emite opinión favorable para que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe el Reglamento para el uso y administración del Depósito Municipal de la Municipalidad Distrital de Bellavista; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20° Y EL ARTÍCULO 42° DE LA LEY N° 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Uso y Administración del Depósito Municipal de la Municipalidad Distrital de Bellavista que consta de 22 artículos, el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- APROBAR los formularios obligatorios como son: a) Acta de internamiento en el Depósito Municipal. b) Acta de liberación de bienes internados en el Depósito Municipal. c) Acta de disposición fi nal de bienes internados en el Depósito Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones encárguese su difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 2084870-1