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62 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de julio de 2022 El Peruano / y distritales son órganos de gobiernos local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…); Que, el día 16 del artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias – Ley Nº 27972, señala que es deber de los gobiernos locales destacar y promover los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos; así como afi rmando el respeto a los valores nacionales y símbolos patrios, así como promover el mantenimiento, limpieza, conservación y mejoramiento del ornato local; Que, en ese sentido es necesario mencionar que la administración municipal fomenta los valores cívicos de nuestros vecinos, incentiva el amor a la patria y a nuestros símbolos patrios, como es la bandera nacional; y estando a que el próximo 28 de julio de 2022, se conmemoran el Bicentésimo Primer (201) aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, gesta en donde miles de peruanos ofrendaron su vida; fecha propicia para embanderar el distrito por su patriótico signi fi cado, recordando el valor y heroísmo de nuestros procederes y precursores en la independencia de nuestra patria; Que, al respecto la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal mediante Informe Nº 186-2022-MDSL-SG/SGIIPV, propone el embanderamiento en el distrito de San Luis que cuenta con opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 0309-2022-MDSL-GAJ; Que, siendo política de esta gestión municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, incentivar la participación cívica del vecindario, así como fomentar la conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades; siendo uno de ellos el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito de San Luis; es necesario emitir el acto administrativo correspondiente; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 0024-2022-MDSL/C, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 01.07.2022, sobre la aprobación la autorización de viaje al exterior del país en comisión de servicios del señor MBA Zee Carlos Corrales Romero-Alcalde de la Municipalidad distrital de San Luis, del 03 de julio al 09 de julio de 2022, consecuentemente se encargó el despacho de alcaldía al primer regidor, señorita Evelyn Yulianna Alarcón, con las facultades establecidas en el Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto, y uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO y EMBELLECIMIENTO del distrito de San Luis, durante todo el mes de julio de 2022, a todo los predios públicos o privados, vivienda comercial o industrial, con motivo de celebrarse el Bicentésimo Primer (201) aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- EXHORTAR a los vecinos del distrito para que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente de Promoción Económico y Social, La Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, el estricto cumplimiento del Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la publicación del Decreto de Alcaldía en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis. gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EVELYN YULIANNA VALERIANO ALARCÓN Alcaldesa (e) 2085584-1MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2022-MVMT Villa María del Triunfo, 04 de julio de 2022EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFOVISTO: La Ley Nº 8916 y su modi fi catoria la Ley Nº 15253; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el Artículo 194º modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el 28 de julio de 2022, se conmemora el bicentésimo primer (201º) Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Nuestro Aniversario Patrio es una oportunidad para rati fi car el compromiso de consolidar una nación peruana integrada y respetuosa de sus valores, de su patrimonio milenario y de su diversidad étnica y cultural; Que, es deber del Gobierno Local la conmemoración de esta magna fecha, como un justo homenaje a todos los gestores y aguerridos libertadores que proclamaron la independencia del Perú, por ello resulta necesario disponer el Embanderamiento General del distrito de Villa María del Triunfo, con el objetivo de promover la integración, identidad, patriotismo y conciencia histórica de la comunidad, mediante la participación activa en las acciones conmemorativas del aniversario patrio, incentivando la re fl exión cívico patriótica con enfoque intercultural, con la esperanza de que juntos saldremos adelante como una nación unida; Estando en los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en el uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas, instituciones privadas, colegios, clubes, o fi cinas, iglesias, establecimientos comerciales e industriales del distrito de Villa María del Triunfo, desde el día 15 de julio hasta el día 31 de julio de 2022, con ocasión de conmemorarse el bicentésimo primer (201º) Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión de la presente norma. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario O fi cial El Peruano; a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del Texto Íntegro del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2085146-1