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59 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de julio de 2022 El Peruano / el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias en la Jurisdicción del Distrito de Chaclacayo, a fi n de atenuar el impacto económico producto del Estado de Emergencia declarado debido al brote del COVID-19; Que, mediante el informe de visto, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que, la aplicación de la norma viene dando resultados favorables permitiendo que los vecinos de Chaclacayo, puedan realizar sus obligaciones tributarias frente a la Municipalidad de Chaclacayo, sin afectarse con los intereses moratorios y/o sanciones tributarias conforme se establece en el Código Tributario; Que, asimismo señala también que, a pesar de haberse reactivado la economía en el país, aun la situación de los hogares persiste los problemas económicos, así como la falta de empleo, lo que causa que muchos de los vecinos de Chaclacayo no puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, sin embargo, se puede observar que el grado de morosidad se ha reducido; Que, la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, delegó en el Alcalde la facultad de establecer una prórroga, para cuyo fi n se podrá emitir un Decreto de Alcaldía; Que, la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH ha sido prorrogada mediante el Decreto de Alcaldía Nº 011-2021-MDCH, hasta el 31 de enero del año 2022, y sucesivamente mediante el Decreto de Alcaldía Nº 009-2022/MDCH, se prorrogo hasta el 30 de junio del año 2022; Que, la Gerencia de Administración Tributaria GAT, luego del análisis y resultados obtenidos del Bene fi cio Tributario Administrativo otorgado, propone prorrogar la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 31 de julio del año 2022; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 31 de julio del 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- Encárguese a la Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 2085644-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 399/MLV Mediante O fi cio Nº 000078-2022-SG/MLV, la Municipalidad Distrital de La Victoria solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 399/MLV, publicada en la edición del día 6 de julio de 2022. En el sexto considerando;DICE: Que, mediante el Informe Nº 059-2022-GSAT/MLV la Gerencia de Servicios y Administración Tributaria y el Informe Nº 0563-2022-SGROCRYEC-GSAT/MLV la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva, proponen un sorteo público de manera virtual denominado: “SI TE ENCUENTRAS AL DÍA EN IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES AÑOS 2020 – 2021 – 2022 TE LLEVARAS FABULOSOS PREMIOS”, para los contribuyentes que se encuentren al día en sus tributos municipales (Impuesto Predial y Arbitrios), de los años 2020, 2021 y 2022, hasta el 31 de julio, con la fi nalidad de mantener la efectividad de la recaudación tributaria y a la vez incentivar a los contribuyentes que no se encuentren al día en el pago de sus obligaciones tributarias; DEBE DECIR:Que, mediante el Informe Nº 059-2022-GSAT/MLV la Gerencia de Servicios y Administración Tributaria y el Informe Nº 0563-2022-SGROCRYEC-GSAT/MLV la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva, proponen un sorteo público de manera virtual denominado: “SI TE ENCUENTRAS AL DÍA EN IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES AÑOS 2020 – 2021 – 2022 TE LLEVARAS FABULOSOS PREMIOS”, para los contribuyentes que se encuentren al día en sus tributos municipales (Impuesto Predial y Arbitrios), de los años 2020, 2021 y 2022, hasta el 30 de julio, con la fi nalidad de mantener la efectividad de la recaudación tributaria y a la vez incentivar a los contribuyentes que no se encuentren al día en el pago de sus obligaciones tributarias; En el Artículo 3º; DICE:Artículo 3º.- Precisar que se consideran contribuyentes hábiles para participar en el sorteo público todas las personas naturales registradas como contribuyentes activos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al 2022 del Distrito de La Victoria, que al 31 de julio de 2022, hayan cumplido con el pago total de su obligación tributaria por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2020 – 2021 - 2022, según los criterios establecidos en las bases del sorteo. DEBE DECIR:Artículo 3º.- Precisar que se consideran contribuyentes hábiles para participar en el sorteo público todas las personas naturales registradas como contribuyentes activos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales al 2022 del Distrito de La Victoria, que al 30 de julio de 2022, hayan cumplido con el pago total de su obligación tributaria por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2020 – 2021 - 2022, según los criterios establecidos en las bases del sorteo. 2085636-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Amplían plazo de vencimiento para la exoneración de la Tasa de Interés Moratorio (TIM) DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2022/MDL Lurigancho, 23 de junio de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO VISTO: El Memorándum Nº 604-2022/GM-MDL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 470-2022-MDL/GAJ