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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2022 (13/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de julio de 2022 El Peruano / Que, el Informe Nº 778-2022/GRP-460000, de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, recomienda: Continuar con el trámite administrativo para la aprobación de la propuesta de los Cuadros para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional de Salud Piura y sus 7 Unidades Ejecutoras mediante Ordenanza Regional, conforme lo señalado en el numeral 6.3.1.8 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE; Que, mediante Dictamen Nº 016-2022/GRP-200000, de fecha 20 de Junio del 2022, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento territorial recomienda aprobar la “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP - P) DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DEL SECTOR SALUD DEL PLIEGO 457 - GOBIERNO REGIONAL PIURA”; Que, estando a lo acordado y aprobado por Unanimidad en Sesión Extraordinaria Nº 18-2022 celebrada el día 28 de junio del 2022 en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado modi fi cada por la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968; Ley Nº 29053 y Ley Nº 31433; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP - P) DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DEL SECTOR SALUD DEL PLIEGO 457 - GOBIERNO REGIONAL PIURA Artículo Primero.- APROBAR la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP –P) de las 7 Unidades Ejecutoras del Sector Salud del Pliego 457 – Gobierno Regional Piura conforme al texto contenido en el Cuadro Resumen del Total de Cargos para la Culminación del proceso de nombramiento del año 2022, consistente en ocho mil quinientos ocho (8508) Cargos necesarios; que comprende seis mil trecientos cincuenta y cinco (6355) Cargos Ocupados y dos mil ciento cincuenta y tres (2153) Cargos Previstos, que se detallan a continuación. UNIDAD EJECUTORACAP-P PROPUESTA Total NecesarioOcupados Previstos UE 400 Sede Administrativa DIRESA 159 124 35UE 400Dirección Sub Regional de Salud Piura - Sechura2124 1786 338 UE 401Dirección Sub Regional de Salud Luciano Castillo Colonna – Sullana2026 1742 284 UE 402 Hospital II-2 Sullana 794 599 195UE 403Dirección Sub Regional de Salud Morropón –Huancabamba1680 1287 393 UE 404 Hospital II-1 Chulucanas 422 244 178 UE 405Hospital II-1 Nuestra Señora de las Mercedes Paita558 228 330 UE 406Hospital de la Amistad Perú Corea II-2 Santa Rosa745 345 400 TOTAL 8508 6355 2153 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Gerencia Regional de Desarrollo social la implementación de la presente Ordenanza Regional.Artículo Tercero.- DÉJESE SIN EFECTO las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional será publicada en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Web del Gobierno Regional de Piura (www.regionpiura.gob.pe), y en cada una de las Unidades Ejecutoras. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Piura, para su promulgación. En Piura a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil veintidós. ALFONSO LLANOS FLORES Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla con los apremios de Ley. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los cinco días del mes de julio del año dos mil veintidós. SERVANDO GARCÍA CORREA Gobernador Regional 2085582-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, que establece beneficio temporal para el pago de deudas tributarias y administrativas en favor de los contribuyentes del distrito de Chaclacayo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2022/MDCH Chaclacayo, 28 de junio del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE CHACLACAYO; VISTO:Los Informes Nº 037-2022-GAT/MDCH de la Gerencia de Administración Tributaria, el y el Memorándum Nº 348-2022-GM/MDCH de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Disposición concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de Gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de diciembre de 2021, se aprobaron diversos bene fi cios para