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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2022 (21/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Jueves 21 de julio de 2022 El Peruano / (ii) Resolución N° 016-2000-CD/OSIPTEL: Aprueban normas relativas al uso de la casilla de voz en el servicio público de telefonía fi ja. (iii) Resolución N° 028-2001-CD/OSIPTEL: Establecen que lo dispuesto en la Res. Nº 018-99-CD/OSIPTEL es de aplicación a las empresas operadoras de los servicios PCS y troncalizado, que ofrezcan a sus abonados la facilidad de casilla de voz. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para: (i) La publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la presente Resolución. (ii) La publicación de la presente Resolución, la Exposición de Motivos y el Informe Sustentatorio Nº 00110-DPRC/2022 en el Portal Institucional (página web institucional http://www.osiptel.gob.pe). (iii) El envío a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del archivo electrónico de los documentos relativos a la “Norma que deroga las Resoluciones N° 018-99-CD/OSIPTEL, N° 016-2000-CD/OSIPTEL y N° 028-2001-CD/OSIPTEL; y modi fi ca el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones”, así como su exposición de motivos. Regístrese y publíquese.RAFAEL MUENTE SCHWARZ Presidente Ejecutivo 2087984-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO RECTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 060-2022-SUNASS-CD Se recti fi ca la sumilla de la Resolución de Consejo Directivo Nº 060-2022-SUNASS-CD, publicada en la página 31 de la edición del 20 de julio de 2022, la cual queda redactada en los términos siguientes: Aprueban metas de gestión que deberá cumplir EPS TACNA S.A. en el quinto año del quinquenio regulatorio 2019-2024, y dictan otras disposiciones 2088363-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 RESOLUCIÓN Nº 000056-2022-PRE/INDECOPI San Borja, 18 de julio del 2022VISTOS:El Informe Nº 000199-2022-ORH/INDECOPI; el Memorándum Nº 000080-2022-PRE/INDECOPI, la Hoja de Trámite Nº 003313-2022-GEG/INDECOPI; el Informe Nº 375-2022-OAJ/INDECOPI; el Memorando Nº 001191-2022-OAJ/INDECOPI; y, CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de Competencia y de Propiedad Intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal e) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 063-2021-PRE/INDECOPI, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de Competencia y Propiedad Intelectual; Que, mediante Acuerdo Nº 044-2022 del 7 de julio de 2022, el Consejo Directivo aprueba la designación de la señora EVA JESUS CESPEDES CORREA como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 2, encargando a la Presidencia Ejecutiva y a la Gerencia General realizar las gestiones correspondientes para la debida ejecución del referido acuerdo; Con los vistos buenos de la Gerencia General, de la Ofi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 y los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, y el literal i) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución Nº 063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora EVA JESUS CESPEDES CORREA como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor Nº 2, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Asesoría Jurídica la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ CARLOS AGUADO ÑAVINCOPA Presidente Ejecutivo (e) 2088039-1 Designan Secretario Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 RESOLUCIÓN Nº 000057-2022-PRE/INDECOPI San Borja, 18 de julio del 2022VISTOS:El Memorándum 000286-2022-GEG/INDECOPI, el Informe Nº 000252-2022-ORH/INDECOPI, el Informe Nº 000386-2022-OAJ/INDECOPI, el Informe Nº 000067-2022-GEG/INDECOPI, el Acuerdo Nº 46-2022 y el Informe Nº 000413-2022-OAJ/INDECOPI; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo designar