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44 NORMAS LEGALES Jueves 21 de julio de 2022 El Peruano / de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; Que, resulta necesario designar a la persona que asuma el mencionado cargo; Con los vistos de la Gerencia General y las o fi cinas de Recursos Humanos y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora BETTY FORTUNATA ESPINOZA ROBLES en el cargo de confi anza de Jefa de Unidad II de la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la O fi cina de Administración y Finanzas de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ARMANDO MARTIN FERNANDEZ CAMPOS Superintendente Nacional 2088433-2 Modifican la Res. N° 000004-2022-MIGRACIONES, sobre delegación de facultades y atribuciones en el(la) Jefe(a) de la Oficina de Administración y Finanzas RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000174-2022-MIGRACIONES Breña, 20 de julio del 2022VISTOS:El Memorando Nº 012310-2022-OAF/MIGRACIONES de la O fi cina de Administración y Finanzas; el Informe Nº 001152-2022-UA-MIGRACIONES de la Unidad de Abastecimiento; y el Informe Nº 000643-2022-OAJ/MIGRACIONES de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:El artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES establece que el Despacho del Superintendente Nacional ejerce la titularidad del pliego presupuestal y es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su cargo; en ese orden de ideas el literal p) del artículo 11 señala que puede delegar las atribuciones que estime conveniente en el Gerente General u otros funcionarios de MIGRACIONES; Asimismo, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que las entidades pueden delegar el ejercicio de las competencias conferidas, procediendo también la delegación de competencias de un órgano a otro al interior de una misma entidad; En ese mismo sentido, el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, señala que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga; A través de la Resolución de Superintendencia Nº 000004-2022-MIGRACIONES, modi fi cada por Resoluciones de Superintendencia Nº 000014, Nº 000026 y Nº 000095-2022-MIGRACIONES, se delegó en diversas autoridades de MIGRACIONES, facultades para el Año Fiscal 2022; Mediante Memorando Nº 012310-2022-OAF/ MIGRACIONES, la O fi cina de Administración y Finanzas, solicitó delegar en el Jefe de dicha O fi cina, la facultad de autorizar al Órgano Encargado de las Contrataciones que considere válida la oferta económica y otorgue la buena pro en el supuesto de ofertas que superen el valor referencial o el valor estimado o el presupuesto estimado del proyecto, según corresponda, previa certi fi cación de crédito presupuestario; por tratarse de un tema relacionado a las contrataciones del Estado y con la fi nalidad de garantizar la adecuada gestión administrativa de la entidad, que permita cumplir las funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones y alcanzar los objetivos institucionales con la oportunidad y e fi ciencia que requiere la gestión, proponiendo que la e fi cacia de la delegación solicitada sea a partir de la fecha de su emisión; Siendo que el literal k) del numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 000004-2022-MIGRACIONES ha previsto delegar en el Jefe de la OAF la misma facultad, no obstante, cuando el operador del procedimiento de selección es el Comité de Selección, es necesario que el texto de dicho literal sea modi fi cado a efecto que también proceda tal autorización cuando se trate del Órgano Encargado de las Contrataciones; Mediante informe Nº 000643-2022-OAJ/ MIGRACIONES, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que es jurídicamente viable modi fi car la Resolución de Superintendencia Nº 0004-2022-MIGRACIONES, incorporando la facultad antes mencionada en los términos solicitados; Con la visación de la Gerencia General, así como de las O fi cinas de Administración y Finanzas, y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, publicado a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000153- 2020-MIGRACIONES; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el literal k) del numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 000004-2022-MIGRACIONES, en los términos siguientes: “Artículo 2.- Delegar en el(la) Jefe(a) de la O fi cina de Administración y Finanzas las siguientes facultades y atribuciones: 2.1. En materia de contrataciones del Estado: (...)k) Autorizar que el Comité de Selección o el Órgano Encargado de las Contrataciones considere válida la oferta económica y otorgue la buena pro en el supuesto de ofertas que superen el valor referencial o el valor estimado o el presupuesto estimado del proyecto, según corresponda, previa certi fi cación de crédito presupuestario.” Artículo 2 .- Notifíquese la presente resolución en la fecha de su emisión, a la O fi cina de Administración y Finanzas. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el portal de Transparencia Estándar. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ARMANDO MARTIN FERNANDEZ CAMPOS Superintendente Nacional 2088433-3