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7 NORMAS LEGALES Jueves 9 de junio de 2022 El Peruano / documento orientador: “Guía Metodológica para la Promotora Lúdica y el Promotor Lúdico del servicio JUGUEMOS”, el cual tiene por fi nalidad contribuir al fortalecimiento de las capacidades de las promotoras y los promotores lúdicos que trabajan en el servicio JUGUEMOS; Que, mediante Memorándum N° D000311-2022- MIMP-OGPP la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° D000075-2022-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, a través del cual emite opinión favorable para la aprobación del mencionado documento orientador; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27337 que aprueba el Código de los Niños y Adolescentes; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el documento orientador “Guía Metodológica para la Promotora Lúdica y el Promotor Lúdico del servicio JUGUEMOS”, que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), en el mismo día de publicada la Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIANA MILOSLAVICH TUPAC Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2075195-1 Modifican la R.M. N° 081-2022-MIMP y otorgan en reconocimiento póstumo la Condecoración Excepcional “Orden al Mérito de la Mujer” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2022-MIMP Lima, 7 de junio de 2022Vistos, el Memorándum N° D000185-2022-MIMP- DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer; el Informe N° D000080-2022-MIMP-DPPDM de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres; la Nota N° D000337-2022-MIMP-DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación y la Nota N° D000153-2022-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la cual señala que es un organismo del Poder Ejecutivo rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público que constituye un pliego presupuestal, encargado, entre otros, de establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2003-MIMDES se crea la Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer”, disponiéndose que la misma sea entregada por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, hoy Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como símbolo del reconocimiento a aquellas mujeres que destaquen socialmente en su compromiso con la defensa y promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 498-2009-MIMDES se aprueba el Reglamento para el otorgamiento de condecoraciones en el Sector Mujer y Desarrollo Social, hoy Mujer y Poblaciones Vulnerables; disponiéndose en la Segunda Disposición Complementaria Final del mencionado Reglamento que la Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables puede otorgar condecoración excepcional, previa conformidad del Despacho Viceministerial del Sector, siendo que en el presente caso, se cuenta con la conformidad del Viceministerio de la Mujer; Que, mediante Resolución Ministerial N° 081- 2022-MIMP, se otorga en reconocimiento póstumo, la Condecoración Excepcional “Orden al Mérito de la Mujer”, a mujeres peruanas que destacaron socialmente a lo largo de la historia, por su labor con la defensa de derechos y la promoción de la igualdad de género, desde los diferentes espacios académicos, sociales y políticos, contribuyendo de esta manera en la eliminación de barreras para la participación de las mujeres en el ámbito público; Que, mediante el Informe N° D00080-2022-MIMP- DPPDM, la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación sustenta la necesidad de modi fi car los numerales 1, 18 y 24 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 081-2022-MIMP y a su vez solicita el reconocimiento póstumo de seis (06) mujeres que a lo largo de la historia han destacado por su labor en la defensa de derechos y la promoción de la igualdad de género, desde los diferentes espacios académicos, sociales y políticos; contándose con la conformidad del Viceministerio de la Mujer; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; y en la Resolución Ministerial N° 498-2009-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 081-2022-MIMP, el cual queda redactado con el siguiente texto: “Artículo 1.- Otorgar en reconocimiento póstumo, la Condecoración Excepcional “Orden al Mérito de la Mujer” a las mujeres peruanas que a continuación se señalan: 1. Irene Salvador Grados, en reconocimiento como mártires en las reivindicaciones por los derechos laborales en el país y la eliminación de barreras para la igualdad de género. 2. Manuela Díaz Cha fl ojo, en reconocimiento como mártires en las reivindicaciones por los derechos laborales en el país y la eliminación de barreras para la igualdad de género. 3. Emma Hilario Chuquipoma , en mérito a su contribución en la defensa y promoción de los derechos de las mujeres. 4. Elvira García y García Bert , en mérito a su contribución en la promoción de los derechos de las mujeres desde el campo de la educación. 5. Victoria Eugenia Santa Cruz Gamarra , en mérito a su aporte en el desarrollo de la cultura y los derechos del pueblo afroperuano, así como a la eliminación de la discriminación étnico-racial y de género.