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12 NORMAS LEGALES Jueves 9 de junio de 2022 El Peruano / Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor JESÚS ALEJANDRO TABACCHI MURILLO, en el cargo de Director Ejecutivo (CAP – P Nº 1955), Nivel F-4, de la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento de la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2075856-4 Designan Ejecutiva Adjunta I del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 424-2022/MINSA Lima, 8 de junio del 2022CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 063- 2022/MINSA, de fecha 07 de abril de 2022, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I (CAP – P Nº 034) del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza, y tiene la condición de vacante; Que, se ha visto por conveniente designar a la señora SHIRLEY MONZÓN VILLEGAS, en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora SHIRLEY MONZÓN VILLEGAS, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I (CAP – P Nº 034), Nivel F-4, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2075856-5TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a CENTRO DE INSPECCIONES TÉCNICO VEHICULARES GRUPO J & J S.A.C., para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo en local ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 275-2022-MTC/17.03 Lima, 24 de mayo de 2022VISTOS: La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta N° E-136684-2022 así como, los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentados por la empresa “CENTRO DE INSPECCIONES TÉCNICO VEHICULARES GRUPO J & J S.A.C.”, a través de los cuales, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular 1, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (…)”; Que, el artículo 4 de la ley señalada establece lo siguiente: “Las inspecciones técnicas vehiculares están a cargo de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV), previamente autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Estas autorizaciones se otorgan sin carácter exclusivo, sobre la base de la situación del mercado automotriz de cada región y de su distribución geográ fi ca, y por los mecanismos legales que la normativa contempla para tales casos”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante, el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237- Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, cuya fi nalidad constituye certi fi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como veri fi car que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte, el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, el literal a) del inciso 5.1 del artículo 5 del Reglamento señala que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar las autorizaciones de funcionamiento a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV; Que, mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta N° E-136684-2021 de fecha 04 de abril de 2022, la empresa ”CENTRO DE INSPECCIONES TÉCNICO VEHICULARES GRUPO J & J S.A.C.”, en adelante la Empresa, con RUC N° 20602191045, debidamente representada por su Gerente General Juan Negral Olmedo, identi fi cado con DNI N° 44505591, solicitó2: “(…) autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular con una Línea Fija de Tipo Liviana, en el local ubicado en la avenida Tingo María N° 1613, 1629, 1635, 1639, 1641, 1647, Urbanización Proveedores Unidos del distrito de Breña, provincia y departamento de Lima (…)”; Que, la empresa en mención hace referencia a la Resolución N° 0072-2019/SEL-INDECOPI del 14 de marzo de 2019, emitida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, que con fi rma en