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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (09/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 9 de junio de 2022 El Peruano / el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2022 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (EsSalud), para efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud y el EsSalud a través de resolución del titular de la entidad; asimismo, dispone que los titulares de las entidades suscriben convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, con los citados organismos internacionales, previo informe técnico del Ministerio de Salud y del EsSalud, según corresponda, que demuestre las ventajas del convenio en términos de e fi ciencia económica, así como las garantías de una entrega oportuna. Dicho informe debe contar con el informe favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga sus veces, el cual demuestre la disponibilidad de recursos para su fi nanciamiento, así como con un informe legal de la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces; Que, el numeral 36.2 del artículo 36 de la Ley N° 31365 establece que el Ministerio de Salud queda autorizado a transferir fi nancieramente, a favor del organismo internacional respectivo, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución de los convenios de cooperación técnica u otras de naturaleza análoga celebrados en el marco de lo establecido en la citada disposición. Dichas transferencias fi nancieras se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, que se publica en el diario o fi cial El Peruano, previa suscripción de convenios, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la presente disposición a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, el Ministerio de Salud y la Organización Panamericana de la Salud suscriben el Convenio N° 002-2012/MINSA, Convenio de Cooperación Técnica para la adquisición de vacunas, jeringas y otros insumos relacionados, el mismo que se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, conforme a la Carta LEG/L/147/22, emitido por el precitado organismo internacional; Que, a través del Memorándum N° 709-2022-DG- CENARES/MINSA, que adjunta el Informe N° 077-2022-OPPM-CENARES/MINSA, la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES), solicita gestionar una Transferencia Financiera a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS por el importe de hasta S/ 16 566 845,00 (DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) para la adquisición de vacunas en el marco de lo establecido en el artículo 36 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Informe Nº 407-2022-OGPPM-OP/MINSA, emite opinión favorable para emitir la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 16 566 845,00 (DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), para la adquisición de vacunas para el Programa Presupuestal 1001: Productos Especí fi cos para Desarrollo Infantil Temprano; Con los vistos del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0022-2021-EF/50.01; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 16 566 845,00 (DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), para la adquisición de vacunas para el Programa Presupuestal 1001: Productos Especí fi cos para Desarrollo Infantil Temprano, a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo N° 1 adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento El egreso y detalle de los bienes a ser adquiridos, en virtud del cumplimiento de la presente Resolución, se detalla en el Anexo N° 2 adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, coordinará con el Organismo Cooperante OPS/OMS el envío de los estados de cuentas derivados de las adquisiciones efectuadas con los recursos de la presente Transferencia de Partidas, en concordancia con los términos contemplados en el Convenio suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, remitirá a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud - MINSA información trimestral, bajo responsabilidad, del uso de los desembolsos efectuados a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS. Artículo 6.- Saldos no utilizados Los saldos no utilizados de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a favor del Organismo Cooperante OPS/OMS, deben ser devueltos al Tesoro Público una vez culminada la ejecución objeto del convenio, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2075856-2