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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (28/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Martes 28 de junio de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad de San Isidro RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 087-2022-0200-GM/MSI San Isidro, 23 de junio de 2022LA GERENTE MUNICIPALVISTOS: El Memorando Nº 399-2022-0900-GGP/MSI y el Informe Nº 029-2022-0900-GGP/MSI de la Gerencia de Gestión de Personas; el Informe Nº 032-2022-0520-SDC-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; el Memorando Nº 095-2022-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y, el Informe Nº 094-2022-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante los artículos 1º y 3º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “ Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ”, y se señaló que las entidades disponían de un plazo de hasta 6 meses para adecuar su Manual de Clasi fi cador de Cargos vigente a los lineamientos dispuestos en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, o para formular y aprobar uno en línea con lo dispuesto en la directiva; Que, en su oportunidad mediante la Resolución de Gerencia Municipal Nº 029-2022-0200-GM/MSI, de fecha 14 de febrero de 2022 se aprobó el Manual de Clasi fi cación de Cargos de la Municipalidad de San Isidro, cumpliéndose con el plazo de adecuación previsto en el artículo 3º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE; Que, posteriormente, el 16 de febrero de 2022 entró en vigencia la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, la cual establece los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función (artículo 1º), estando comprendidas dentro del ámbito de aplicación de dicha ley las entidades de la administración pública comprendidas en la Ley 30057, Ley del Servicio Civil (artículo 2º); Que, asimismo, la segunda disposición complementaria fi nal de la Ley Nº 31419 prevé que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en dicha Ley; debiendo culminar la implementación integral de las disposiciones de la ley en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contados a partir de la publicación de su reglamento; Que, en esta línea, con fecha 19 de mayo de 2022 entró en vigencia el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, contemplándose en su cuarta disposición complementaria fi nal lo siguiente: “ Para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley, cuando corresponda, las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Per fi les de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma. Las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces, bajo responsabilidad, tienen la obligación de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley, el presente Reglamento y las disposiciones complementarias emitidas por SERVIR” ; Que, de acuerdo con el numeral 6.1.7 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, la O fi cina de Recursos Humanos (ORH) o la que haga las veces debe elaborar y elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia, y que de obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia; Que, al respecto, el artículo IV del Reglamento General de la Ley Nº 30057 señala que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública, y que en los Gobiernos Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente Municipal; Que, de acuerdo con el artículo 57º, literal c), del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado mediante Ordenanza Nº 505-MSI, modi fi cada por Ordenanza Nº 548-MSI, prescribe que corresponde a la Gerencia de Gestión de Personas, la función de formular y proponer el Clasi fi cador de Cargos de la entidad, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; Que, al respecto, de acuerdo con sus funciones previstas en el ROF, la Gerencia de Gestión de Personas mediante Memorándum Nº 399-2022-0900-GGP/MSI, remite el proyecto del Manual de Clasi fi cador de Cargos y solicita opinión técnica a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; Que, en ese contexto, mediante los documentos del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y la Subgerencia de Desarrollo Corporativo emiten opinión técnica favorable respecto de la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad de San Isidro; Que, en esta línea, la Gerencia de Gestión de Personas, a través del Informe Nº 029 -2022-0900-GGP/MSI, hace de conocimiento a la Gerencia Municipal que se ha procedido a elaborar y adecuar el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad de San Isidro, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, y al Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; siendo que dicha propuesta cuenta con la opinión favorable en los aspectos de su competencia de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a través de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 094-2022-0400-GAJ/MSI; y con las opiniones favorables de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; y, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a través de los documentos del visto; corresponde aprobar el “Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad de San Isidro”; y,