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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (28/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Martes 28 de junio de 2022 El Peruano / de alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, departamento de Ica, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Chincha continúe con el trámite correspondiente respecto de la referida solicitud de inscripción de la lista de candidatos, sin perjuicio de ejecutar las actividades de fi scalización que considere pertinentes, conforme a lo expuesto en el considerando 2.4. de la presente resolución. 3. EXHORTAR al Jurado Electoral Especial de Chincha a fi n de que, en la cali fi cación de las listas de candidatos, cumpla con el procedimiento establecido en el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado por la Resolución Nº 0943-2021-JNE. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 0943-2021-JNE, publicada el 18 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 2081218-1 Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejera Regional de la Provincia de Ambo, del Gobierno Regional de Huánuco RESOLUCIÓN Nº 0944-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022011971 HUÁNUCOLICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintidós de junio de dos mil veintidósVISTO : el O fi cio Nº 28-2022-GRH-CR, presentado el 7 de junio de 2022, por don Johann Aguirre Caldas, consejero delegado del Consejo Regional de Huánuco (en adelante, señor consejero delegado), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Roberto Arrieta Janampa, consejero Regional de la Provincia de Ambo, del Gobierno Regional de Huánuco (en adelante, señor consejero), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). Primero. ANTECEDENTES1.1. Con el o fi cio del visto, el señor consejero delegado informó de la solicitud de licencia sin goce de haber, presentada por el señor consejero, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó los siguientes documentos: a) Acuerdo de Consejo Regional Nº 091-2022-GRH- CR, del 2 de junio de 2022, en el cual se advierte que el Consejo Regional de Huánuco aprobó por mayoría la licencia sin goce de haber a favor del señor consejero, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 1 de octubre de 2022. b) Ofi cio Nº 033-2022-GRH-CR/CRPA-RAJ, del 17 de mayo de 2022, presentado por el señor consejero, a fi n de ser candidato a la alcaldía de la Municipalidad Distrital de Huácar, provincia de Ambo, departamento de Huánuco. CONSIDERANDOSPrimero. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM1.3. Mediante dicho decreto supremo, publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano , el presidente de la República convocó a ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República. En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2022 1 1.4. A través de esta resolución, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2022. De esta manera, el numeral 6 de la parte resolutiva, dispuso: [...] 6.1. Las solicitudes de licencia tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 14 de junio de 2022, por ser el plazo máximo para solicitar la inscripción de las listas de candidatos. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia debe ser concedida a partir del 2 de setiembre de 2022 (30 días calendario ante de las elecciones). [...] En la Resolución Nº 0919-2021-JNE que aprobó los mecanismos de reemplazo de las autoridades regionales y municipales que renuncien o soliciten licencias para participar como candidatos en las ERM 2022 2 1.5. Por medio de dicha resolución, el Pleno del JNE estableció, entre otros, los casos de licencia sin goce de haber de los gobernadores o vicegobernadores que la soliciten con el propósito de participar como candidatos en las ERM 2022. De tal forma, el numeral 6 de la parte resolutiva aplicable de manera supletoria al presente caso, dispuso: