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54 NORMAS LEGALES Martes 28 de junio de 2022 El Peruano / Asimismo, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 007- 2022/MDCH, la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, se prorrogo hasta el 31 de mayo del año en curso; Que, mediante Informe Nº 029-2022-SGREC-GAT/ MDCH de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, recomienda ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH; Que, mediante Informe Nº 030-2022-GAT/MDCH, la Gerencia de Administración Tributaria GAT, luego del análisis y resultados obtenidos del Bene fi cio tributario administrativo otorgado, propone prorrogar la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 30 de junio del año 2022; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero: PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 468-2021-MDCH, hasta el 30 de junio del 2022. Artículo Segundo: ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, Sub Gerencia de Tecnología de la Información, y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero: Encárguese a la Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 2081178-1 Prorrogan designación de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 084-2022-A/MDCH Chaclacayo, 31 de mayo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO VISTO: El Memorando Nº 470-2022-SGREC-GAT/ MDCH de fecha 25 de mayo de 2022, de la Subgerencia de Recaudación y ejecutoria Coactiva; el Informe Nº 189-2022-SGRH-GAF/MDCH de la Subgerencia de Recursos Humanos, de fecha 30 de mayo de 2022; el Informe Nº 079-2022-GAF-MDCH de la Gerencia administración y fi nanzas de fecha 31 de mayo de 2022; el Memorando Nº 292-2022-GM/MDCH de la Gerencia Municipal de fecha 31 de mayo de 2022; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú modi fi cada en su artículo 194º por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional” establece que las Municipalidades son de Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el Decreto Supremo Nº 018-2008.JUS de fecha 05 de diciembre de 2008, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979- Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, indica en el artículo Nº 7 numeral 7.1) que “La designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos. “Asimismo el numeral 7.2) estipula que: “Tanto el Ejecutor Coactivo como el Auxiliar Coactivo ingresarán como Funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva.”; Que, la citada norma en el párrafo anterior, no establece el régimen laboral ni del ejecutor coactivo ni del Auxiliar Coactivo, coincidente con la Ley Nº 27204 –Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de con fi anza, que solo precisa precitados cargos, no son de con fi anza y que el régimen laboral depende de la entidad a la cual estos representan; Que, el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26979, Ley del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº018-2008-JUS, al Auxiliar Coactivo tiene como función colaborar con el Ejecutor Coactivo; En mérito al numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del DECRETO DE URGENCIA Nº 034-2021, se procedió a realizar el Proceso Cas Nº 001-2021-MDCH, a fi n de efectuar la contratación de personal en los puestos de Ejecutor y Auxiliar Coactivo; Ante ello, con fecha 19 de abril de 2021 se publicó en el portal web de la Municipalidad de Chaclacayo, así como en el Portal Talento Perú - administrado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR la Convocatoria CAS Nº 001-2021-MDCH resultando como ganador; En el cargo de Ejecutor Coactivo, para la Subgerencia de Recaudación Coactiva, el Abg. CARLOS ACEVEDO CHÁVEZ, identi fi cado con de DNI Nº 09096872, y, Auxiliar Coactivo, para la Unidad Orgánica precitada, el Sr. JEAN CARLOS MEDINA AYQUIPA identi fi cado con DNI Nº 72387893; Que, mediante Memorando Nº 470- 2022- SGREC- GAT/MDCH, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva solicitó ampliar la contratación del Abg. CARLOS ACEVEDO CHÁVEZ – Ejecutor Coactivo y JEAN CARLOS MEDINA AYQUIPA – Auxiliar Coactivo por un plazo de un (01) mes; Que, mediante Informe Nº 189-2022-SGRH-GAF/ MDCH, la Subgerencia de Recursos Humanos mani fi esta que mediante Memorando Nº 470 - 2022- SGREC-GAT/MDCH, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva solicitó ampliar la contratación del Abg. CARLOS ACEVEDO CHÁVEZ – Ejecutor Coactivo y JEAN CARLOS MEDINA AYQUIPA – Auxiliar Coactivo por un plazo de un (01) meses, desde el 01 de junio de 2022 hasta el 31 de junio de 2022; Que, mediante Informe Nº 079-2022-GAF-MDCH, remite la solicitud de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva pidiendo la ampliación de la contratación del ejecutor coactivo y auxiliar coactivo, por un plazo de un (01) mes desde el 01 de junio de 2022 hasta el 30 de junio de 2022; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 20º inciso 6º y artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- PRORROGAR LA DESIGNACIÓN desde el 01 de junio del 2022 hasta el 30 de junio de 2022 al Abg. Carlos Acevedo Chávez, en el cargo de Ejecutor Coactivo y al Sr. Jean Carlos Medina Ayquipa, en el cargo de Auxiliar Coactivo, ambos de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicio – CAS, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que otorga la Ley especí fi ca de la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, a la gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolución en cuanto sea de su competencia, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 2081178-2