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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2022 (03/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 3 de marzo de 2022 El Peruano / área de in fl uencia para la mejora de las condiciones socio económicas de la zona y ubicar al TPCh estratégicamente como uno de los principales terminales multipropósito que atienda principalmente carga contenedorizada en el largo plazo; Que, mediante Informe No. 0047-2022-APN-UAJ, la UAJ concluye, entre otros, que: (i) resulta jurídicamente viable que el Directorio de la APN apruebe la versión actualizada del PM del TPCh; (ii) la propuesta de versión actualizada del PM del TPCh arroja resultado positivo para el contenido referencial de los Planes Maestros Portuarios conforme prevé el Plan Nacional de Desarrollo Portuario (PNDP) vigente (pp. 125 “PLANES MAESTROS PORTUARIOS”); (iii) no contiene procedimientos administrativos; por lo que, no será sometida al Análisis de Calidad Regulatoria (ACR) y (iv) luego de su aprobación debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el Portal Electrónico de la entidad, en este último, junto al íntegro del texto remitido por la DIPLA; Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la LSPN prevé que el PNDP articula los planes maestros elaborados por la APN de los terminales portuarios de titularidad y uso público de ámbito nacional y los planes maestros regionales de desarrollo portuario elaborados por las Autoridades Portuarias Regionales (APR); Que, de esta manera, cada terminal portuario de titularidad y uso público cuenta con un Plan Maestro, elaborado por la APN cuando son de alcance nacional o por la APR, cuando son de alcance regional. En ambos casos, su aprobación pasa por el Directorio de la APN conforme prevé el actual PNDP (pp. 125 “PLANES MAESTROS PORTUARIOS”) que indica: “El proyecto de Plan Maestro Portuario será elaborado por el administrador portuario o APR o APN (respetando el orden de prelación) siendo aprobado en todos los casos por la APN”; Que, el 23 de marzo de 2019 la APN y el Gobierno Regional de Áncash (GORE Ancash), celebraron un Convenio de Colaboración Interinstitucional que tiene por objeto de “desarrollar un proyecto integral para el diseño, construcción, fi nanciamiento y explotación de un Terminal Multipropósito en el Puerto de Chimbote hasta la fi nalización del proceso de promoción de la inversión privada correspondiente”; Que, de acuerdo con las obligaciones de las partes de la Cláusula Cuarta del referido convenio, en el primer punto del numeral 4.1, la APN se compromete a “evaluar y aprobar los documentos técnicos y legales para el desarrollo del proyecto integral (…)”. Asimismo, en el primer punto del numeral 4.2 de la referida cláusula, el GORE Ancash se compromete, a “Encargar y autorizar a la APN para que, por cuenta propia o a través de terceros, realice los estudios correspondientes sobre el área y/o bienes del Terminal Portuario de Chimbote, así como otras actividades necesarias para la ejecución del proyecto integral”; Que, en ese contexto, de acuerdo con lo señalado por la DIPLA en los antecedentes de su informe, se procedió con la contratación de la consultoría que incluye la elaboración del PM del TPCh, a efectos que la APN proceda con la evaluación correspondiente, en el marco del citado convenio y a su aprobación, de acuerdo con lo dispuesto en el PNDP; Que, de acuerdo con el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado mediante Decreto Supremo No. 003-2003-MTC, el Directorio es el órgano colegiado y máximo de la APN y tiene a su cargo la administración de la APN siendo una de sus atribuciones expresada en su numeral 11, la de “aprobar los planes, programas y presupuesto de desarrollo portuario, a nivel del Sistema Portuario Nacional dentro de su competencia”, por lo que resulta jurídicamente viable que el referido Colegiado asuma competencia para la aprobación de la versión actualizada del PM del TPCh, propuesta por la DIPLA junto al Informe No. 0033-2022-APN-DIPLA; Que, en la sesión del Directorio No. 586 del 22 de febrero de 2022, el Directorio de la APN, entre otros, aprobó la versión actualizada del PM del TPCh; facultó al Presidente de Directorio a suscribir la resolución que corresponda y dispuso la publicación de la Resolución que corresponda en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la APN, en este último junto al íntegro del texto de la versión actualizada del PM del TPCh; De conformidad con la Ley No. 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo No. 003-2004-MTC y el Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado con Decreto Supremo No. 034-2004-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la versión actualizada del Plan Maestro del Terminal Portuario de Chimbote. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad Portuaria Nacional, en esta última junto al íntegro del texto de la versión actualizada del Plan Maestro del Terminal Portuario de Chimbote. Regístrese y comuníquese.EDGAR PATIÑO GARRIDO Presidente del Directorio 2043660-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográficas, corre spondientes al mes de febrero de 2022 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 052-2022-INEI Lima, 2 de marzo de 2022 CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-02-2022/DTIE, referido a los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de febrero de 2022, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográ fi cas, correspondientes al mes de febrero de 2022, que a la fecha cuentan con la información requerida, tal como se detalla a continuación: