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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2022 (07/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / la Empresa no registra cancelación y/o inhabilitación defi nitiva para prestar servicios de transporte y/o servicios complementarios; Que, por otro lado, teniendo en cuenta el plazo de cinco (05) años de vigencia de la autorización otorgada a la Empresa mediante Resolución Directoral Nº 1530-2017-MTC/15 de fecha 28 de marzo de 2017 y publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 20 de abril de 2017, y conforme al artículo 41-A del Reglamento, respecto de la vigencia de la autorización, dispone lo siguiente: “Las autorizaciones expedidas a las personas naturales o jurídicas para operar como Centros de Inspección Técnica Vehicular - CITV tienen una vigencia de cinco (05) años, pudiendo ser renovables por el mismo periodo, conforme a lo señalado en el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS”; Que, en relación a lo señalado, es importante precisar que el numeral 13 del artículo 66 del TUO de la LPAG, establece que son derechos de los administrados con respecto al procedimiento administrativo, lo siguiente: “A que en caso de renovaciones de autorizaciones, licencias, permisos y similares, se entiendan automáticamente prorrogados en tanto hayan sido solicitados durante la vigencia original, y mientras la autoridad instruye el procedimiento de renovación y noti fi ca la decisión defi nitiva sobre este expediente”; Que, en virtud de lo establecido en el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento la renovación de la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular, deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, de acuerdo al Informe Nº 0648-2022- MTC/17.03.01 elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de CITV y Entidades Complementarias de la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, se advierte que la documentación presentada por la Empresa ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el artículo 43 del Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 29237 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Renovar la autorización para operar con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular de Tipo Mixta por el plazo de cinco (05) años a la empresa ”REVISIONES TECNICAS NORTEÑAS E.I.R.L.”, con RUC Nº 20601470099, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 1530-2017-MTC/15, en el local ubicado en Av. Panamericana Norte Km. 603, distrito de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, el inicio de vigencia de la renovación de la autorización deberá entenderse a partir del 22 abril de 2022. Artículo 2.- La empresa ”REVISIONES TECNICAS NORTEÑAS E.I.R.L.”, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ActoFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 25 de noviembre de 2023Segunda renovación o contratación de nueva póliza 25 de noviembre de 2024ActoFecha máxima de presentación Tercera renovación o contratación de nueva póliza 25 de noviembre de 2025Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 25 de noviembre de 2026Quinta renovación o contratación de nueva póliza 25 de noviembre de 2027 En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 4.- En virtud de lo establecido en el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC la renovación como Centro de Inspección Técnica Vehicular, deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 5.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en Av. Panamericana Norte Km. 603, distrito de Chicama, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese.CRISTIAN RENATO COLCHADO CHUNGA Director de Circulación Vial (e)Dirección General de Autorizaciones en Transporte 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2 Al respecto, cabe señalar que el pedido de la empresa ”REVISIONES TECNICAS NORTEÑAS E.I.R.L.”,. está referida a la solicitud de la renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección de Inspección Técnica Vehicular otorgada mediante Resolución Directoral Nº 1560-2017-MTC/15. 2059691-1 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Designan Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística de la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000118-2022-BNP Lima, 6 de mayo de 2022VISTOS:El Memorando Nº 000412-2022-BNP-GG-OA de fecha 06 de mayo de 2022, de la O fi cina de Administración; el Informe Legal Nº 000166-2022-BNP-GG-OAJ de fecha 06 de mayo de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios