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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2022 (14/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Sábado 14 de mayo de 2022 El Peruano / h) Un/a representante del Ministerio de Educación i) Un/a representante del Ministerio de Ambientej) Un/a representante del Gobierno Regional de Ayacucho. k) El/La Alcalde/sa de la Municipalidad Provincial de Cangallo. l) Los/las Alcaldes/as de las Municipalidades distritales de la provincia de Cangallo. m) Tres (03) representantes de la sociedad civil organizada de la provincia de Cangallo, debidamente acreditados por la Municipalidad provincial de Cangallo. Artículo 4.- Funciones4.1. La Mesa Técnica tiene las siguientes funciones:a) Analizar, apoyar y coordinar las medidas necesarias que contribuyan al desarrollo territorial de la provincia de Cangallo, a partir de la elaboración de una Agenda Territorial. b) Proponer acciones y actividades orientadas al fortalecimiento institucional y la mejora de la respuesta estatal a la necesidad de bienes y servicios de calidad para la población. c) Articular con las entidades públicas y otros actores, la programación de las acciones para el cumplimiento de la Agenda Territorial. d) Proponer las acciones y medidas que coadyuven al cumplimiento del objeto de la Mesa Técnica, informando públicamente los avances. 4.2. En el marco de la emergencia sanitaria a nivel nacional, declarada a consecuencia de la COVID-19, las funciones de la Mesa Técnica podrán desarrollarse de manera presencial o virtual, utilizando para este caso herramientas de tecnologías de la información. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Mesa Técnica está a cargo de la Subsecretaría de Articulación Regional y Local, siendo responsable de realizar el seguimiento a las disposiciones que acuerde la Mesa Técnica, reportar periódicamente a la Presidencia y llevar el registro de los acuerdos, y toda la documentación que se genere. Artículo 6.- Participación de otras entidades públicas o privadas, así como la conformación de subgrupos de trabajo La Mesa Técnica, para el cumplimiento de su objeto y funciones, puede convocar la participación de otras entidades públicas en el marco de sus respectivas competencias, así como, de personas jurídicas privadas, instituciones académicas y de investigación y organizaciones no gubernamentales; en calidad de invitados. Asimismo, puede conformar subgrupos de trabajo para el mejor análisis de la problemática territorial. Artículo 7.- De la información, colaboración, asesoramiento, y apoyo de profesionales La Mesa Técnica puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional e internacional. Artículo 8.- Financiamiento Las entidades que conforman la Mesa Técnica sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; pudiendo destinar para dicho fi n recursos provenientes de donaciones, cooperación técnica internacional no reembolsable y otras fuentes de fi nanciamiento, conforme a la normatividad vigente. La participación de los/las integrantes de la Mesa Técnica, es ad honórem, no irrogando gastos al Estado. Artículo 9.- Designación de representantes 9.1. Las entidades que forman parte de la Mesa Técnica, detalladas en los literales c), d), e), f), g), h), i) y j) del artículo 3, designan a sus representantes, titulares y alternos, mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica dentro del plazo máximo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. 9.2. El/La Secretario/a de la Secretaría de Descentralización y el/la Secretario/a de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros, de ser el caso, designan a sus representantes alternos, bajo el mismo mecanismo y plazo detallado en el numeral precedente. 9.3. El/la Alcalde/sa de la Municipalidad Provincial de Cangallo y los/las Alcaldes/as de las Municipalidades distritales de la provincia de Cangallo designan a sus representantes alternos, bajo el mismo mecanismo y plazo detallado en el numeral 9.1 del presente artículo. 9.4. Las organizaciones de la sociedad civil de la provincia de Cangallo designan a sus representantes, previo acuerdo, bajo el mismo mecanismo y plazo detallado en el numeral 9.1 del presente artículo. Artículo 10.- Instalación La Mesa Técnica se instala en el plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 11.- Período de vigencia La Mesa Técnica tiene un período de vigencia de ciento ochenta (180) días calendario. Artículo 12.- Informe Final Vencido el plazo de vigencia de la Mesa Técnica, la Presidencia con el apoyo de la Secretaría Técnica dispondrá de treinta (30) días calendario, adicionales, para presentar un informe fi nal a la Secretaría de Descentralización. Artículo 13.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.YURI ALEJANDRO CHESSMAN OLAECHEA Secretario de Descentralización 2067280-1 Modifican el artículo 11 de la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 041-2021-PCM-SD RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 16-2022-PCM/SD Lima, 13 de mayo de 2022VISTOS:El Memorando Nº D000101-2022-PCM-SSARL y el Informe Nº D0000012-2022-PCM-SSARL-TPB; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 041-2021-PCM-SD, se conformó la Mesa de Trabajo para el desarrollo del distrito de Mara, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, a cargo de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, en articulación con el “Espacio de diálogo para el desarrollo de la provincia de Cotabambas y distrito de Progreso de la provincia de Grau del departamento de Apurímac” creado mediante Resolución Ministerial Nº 264-2021-PCM, a cargo de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de coordinar, analizar y establecer las propuestas de solución a la problemática del distrito de Mara,