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35 NORMAS LEGALES Viernes 20 de mayo de 2022 El Peruano / Que, a través de la Resolución Directoral N° 011- 2022-TP/DE, y su modi fi catoria, se aprueba la segunda versión actualizada de la “Guía para la Presentación de Fichas Técnicas de Actividades de Intervención Inmediata (AII) dirigida a los Organismos Proponentes”, conforme al Anexo N° 02 que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 024- 2022-TP/DE, que aprueba la “Focalización Geográ fi ca Distrital 2022”, dispone, aplicar, excepcionalmente, la “Focalización Geográ fi ca Distrital 2022”, en el año 2022, a la Modalidad de intervención 2: Intervención por emergencias o desastres naturales; sin perjuicio, de otros distritos comprendidos en la norma pertinente que declara la respectiva emergencia; Que, con Resolución Directoral N° 053-2022-TP/DE, se aprueba la Directiva N° 001-2022-TP/DE, denominada “Directiva sobre el Procedimiento a seguir para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en el marco de la Modalidad de Intervención 2 - Por emergencias o desastres naturales-Tercera Convocatoria 2022”, en adelante la Directiva; Que, forma parte de la citada Directiva, el Anexo N° 01, denominado “Cronograma de la convocatoria para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en el marco de la modalidad de intervención 2 - Por emergencia o desastres naturales-Tercera Convocatoria 2022-Primer Grupo”, en adelante el Cronograma, en el cual se establecen las actividades a realizar por parte de los gobiernos locales y el Programa y sus respectivos plazos; Que, mediante Resolución Directoral N° 083-2022-LP/ DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-26, en el marco de la Tercera Convocatoria 2022-Primer Grupo, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, de cuyo contenido se observa mil trescientos ochenta y uno (1 381) actividades de intervención inmediata elegibles AII-26, con un Aporte Total del Programa ascendente a S/ 154 747 026,00 (Ciento Cincuenta y Cuatro Millones Setecientos Cuarenta y Siete Mil Veintiséis y 00/100 Soles) que podrían generar un estimado de 76 581 (setenta y seis mil quinientos ochenta y uno) empleos temporales; Que, mediante Informe N° 097-2022-LP/DE/UAPI- CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones remite la solicitud de Certi fi cación de Crédito Presupuestal con la fi nalidad de proseguir el trámite para la aprobación de la transferencia fi nanciera de mil trescientos ochenta y uno (1 381) actividades de intervención inmediata AII-26, en el marco de la Tercera Convocatoria 2022-Primer Grupo, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/ 154 747 026, 00 (Ciento Cincuenta y Cuatro Millones Setecientos Cuarenta y Siete Mil Veintiséis y 00/100 Soles); Que, con Informes N ° 01365-2022-LP/DE/UPPSM- CFPP, N° 01366-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, N° 01367-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, N° 01368-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, N° 01369-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, N° 01370-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, N° 01371-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, N° 01372-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, N° 01373-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, N° 01374-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, N° 01375-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP y N° 01376-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización informa sobre la aprobación de las Certi fi caciones de Créditos Presupuestarios N ° 1313, N° 1314, N° 1315, N° 1316, N° 1317, N° 1318, N° 1319, N° 1320, N° 1321, N° 1322, N° 1323 y N° 1324, por el monto total de S/ 154 747 026,00 (Ciento Cincuenta y Cuatro Millones Setecientos Cuarenta y Siete Mil Veintiséis y 00/100 Soles), para fi nanciar el Aporte Total del Programa de las mil trescientos ochenta y uno (1 381) actividades de intervención inmediata antes mencionadas; Que, a través del Informe N° 106-2022-LP/DE/ UAPI-CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones informa que, en cumplimiento al Cronograma de Actividades aprobado por el Programa, se suscribieron mil trescientos ochenta y uno (1 381) convenios respecto a la misma cantidad de actividades de intervención inmediata, los cuales han sido remitidos por las Unidades Zonales, siendo el Aporte Total del Programa el importe de S/ 154 747 026,00 (Ciento Cincuenta y Cuatro Millones Setecientos Cuarenta y Siete Mil Veintiséis y 00/100 Soles); Que, adicionalmente, la mencionada Unidad de línea señala que, ha veri fi cado el cumplimiento del Cronograma, los procedimientos y actividades correspondientes para la aprobación de la transferencia fi nanciera, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente de la materia; por lo que, solicita se inicie el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera a los organismos ejecutores con los cuales se han suscrito mil trescientos ochenta y uno (1 381) convenios, por el importe total de S/ 154 747 026,00 (Ciento Cincuenta y Cuatro Millones Setecientos Cuarenta y Siete Mil Veintiséis y 00/100 Soles), para la ejecución de actividades de intervención inmediata AII-26, en los departamentos de Amazonas (140), Apurímac (85), Ayacucho (116), Cajamarca (279), Huancavelica (242), Huánuco (129), Junín (186), Moquegua (24), Pasco (44), Puno (103), Tacna (28), y Ucayali (05), que podrían generar un estimado de 76 581 (setenta y seis mil quinientos ochenta y uno) empleos temporales; Que, por su parte, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización, a través del Informe N° 01397-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, señala que, el fi nanciamiento de mil trescientos ochenta y uno (1 381) actividades de intervención inmediata AII-26, por el importe total de S/ 154 747 026,00 (Ciento Cincuenta y Cuatro Millones Setecientos Cuarenta y Siete Mil Veintiséis y 00/100 Soles), contribuye al objetivo del Programa, a través de la generación de un estimado de 76 581 (setenta y seis mil quinientos ochenta y uno) empleos temporales, importe que cuenta con los créditos presupuestarios su fi cientes, de fi nidos en las Certi fi caciones de Créditos Presupuestarios N° 1313, N° 1314, N° 1315, N° 1316, N° 1317, N° 1318, N° 1319, N° 1320, N° 1321, N° 1322, N° 1323 y N° 1324 aprobados, garantizando el crédito presupuestario disponible y libre de afectación para la ejecución del gasto en el marco de la normativa vigente, según lo establecido en el numeral 41.1 y 41.2 del artículo 41 del Decreto Legislativo 1440; Que, en razón a lo expuesto, la mencionada unidad de asesoramiento considera procedente que se efectúe la transferencia fi nanciera para el pago del Aporte Total del Programa de mil trescientos ochenta y uno (1 381) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en la modalidad de Intervención 2- Por Emergencias o Desastres Naturales, en el marco de la Tercera Convocatoria 2022-Primer Grupo, cuyo importe total asciende a S/ 154 747 026,00 (Ciento Cincuenta y Cuatro Millones Setecientos Cuarenta y Siete Mil Veintiséis y 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal c) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, mediante Informe N° 244-2022-LP/DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Que, asimismo, mediante Memorando N° 0328- 2022-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 209-2022-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 397-2022-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y