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58 NORMAS LEGALES Domingo 22 de mayo de 2022 El Peruano / DISTRITO VOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS ANCÓN 51 51 ATE 51 51 BARRANCO 51 51 BREÑA 51 51 CARABAYLLO 51 51 CHORRILLOS 51 51 CIENEGUILLA 51 51 COMAS 51 51 EL AGUSTINO 51 51 LA MOLINA 51 51 LA VICTORIA 51 51 LOS OLIVOS 51 51 LURIGANCHO 51 51 MAGDALENA DEL MAR 51 51 MIRAFLORES 51 51 PACHACAMAC 51 51 PUEBLO LIBRE 51 51 PUNTA NEGRA 51 51 SAN BORJA 51 51 SAN ISIDRO 51 51 SAN JUAN DE MIRA- FLORES51 51 SAN MARTIN DE PORRES 51 51 SANTA MARIA DEL MAR 51 51 SURQUILLO 51 51 2.7. Lo antes señalado no implica la modi fi cación de la votación obtenida por cada lista, la cual debe mantenerse invariable. 2.8. De este modo, resolviendo las observaciones del acta electoral, corresponde declarar su validez y remitirla a la ONPE para su procesamiento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE:1. Declarar VÁLIDA el Acta Electoral N.° 101366-39- N. 2. CONSIDERAR en el Acta Electoral N.° 101366-39- N, en los distritos indicados las siguientes cifras: DISTRITO VOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS ANCÓN 51 51 ATE 51 51 BARRANCO 51 51 BREÑA 51 51 CARABAYLLO 51 51 CHORRILLOS 51 51 CIENEGUILLA 51 51 COMAS 51 51 EL AGUSTINO 51 51 LA MOLINA 51 51 LA VICTORIA 51 51 LOS OLIVOS 51 51 LURIGANCHO 51 51 MAGDALENA DEL MAR 51 51 MIRAFLORES 51 51 PACHACAMAC 51 51 PUEBLO LIBRE 51 51 PUNTA NEGRA 51 51DISTRITO VOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS SAN BORJA 51 51 SAN ISIDRO 51 51 SAN JUAN DE MIRA- FLORES51 51 SAN MARTIN DE PORRES 51 51 SANTA MARIA DEL MAR 51 51 SURQUILLO 51 51 3. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral N.° 101366-39-N se mantienen invariables. 4. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral N.° 101366-39-N. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley N.° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la Lucha contra la COVID-19. 2 Aprobado por la Resolución N.º 0927-2021-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2021. 3 Aprobado por la Resolución N.º 0981-2021-JNE, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 6 de enero de 2022. 2069549-1 Declaran válida el Acta Electoral N° 109305- 37-J RESOLUCIÓN Nº 0494-2022-JNE Expediente Nº EIERM.2022000056 RIMAC - LIMA - LIMAELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022ELECCIONES INTERNAS - ACTA OBSERVADA Lima, dieciocho de mayo de dos mil veintidósVISTA: el Acta Electoral N.° 109305-37-J, observada y remitida por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), correspondiente a las elecciones internas de la organización política Partido Democrático Somos Perú, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022–ERM 2022; y CONSIDERANDO QUE:PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 4 del artículo 178 y el artículo 181 de la Constitución Política del Perú asignan al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entre otras, la función de administrar justicia en materia electoral en última y de fi nitiva instancia. 1.2. El numeral 8 del artículo 139 prevé: Artículo 139°.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional: