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74 NORMAS LEGALES Domingo 22 de mayo de 2022 El Peruano / 2.5. Realizada la comparación entre los ejemplares, se advierte que ambos tienen idéntico contenido en los rubros observados por la ONPE: DISTRITOSTOTAL DE VOTOS (suma de votos)TOTAL DE CIU- DADANOS QUE VOTARON ANCÓN 0 ATE 0 BARRANCO 0 BREÑA 0 CARABAYLLO 0 CHORRILLOS 0 CIENEGUILLA 0 COMAS 0 EL AGUSTINO 0 LA MOLINA 0 LA VICTORIA 0 LOS OLIVOS 0 94 LURIGANCHO 0 MAGDALENA DEL MAR 0 MIRAFLORES 0 PACHACAMAC 0 PUEBLO LIBRE 0 PUNTA NEGRA 0 SAN BORJA 0 SAN ISIDRO 0 SAN JUAN DE LURIGANCHO 0 SAN JUAN DE MIRAFLORES 0 SAN MARTÍN DE PORRES 0 SANTA MARÍA DEL MAR 0 2.6. Así, se observa que: El total de votos (suma de votos) en los distritos indicados es la cifra 0. El total de ciudadanos que votaron es la cifra 94. Por lo que, en aplicación del numeral 21.2. del artículo 21 del Reglamento de Actas Observadas (ver SN 1.7.), en cada uno de los distritos señalados la diferencia entre ambas cifras –”Total de Ciudadanos que Votaron” y “Total de Votos”– se adicionará a los votos nulos. En consecuencia, se debe considerar las siguientes cifras como “Votos Nulos”: DISTRITOS VOTOS NULOS TOTAL DE VOTOS ANCÓN 94 94 ATE 94 94 BARRANCO 94 94 BREÑA 94 94 CARABAYLLO 94 94 CHORRILLOS 94 94 CIENEGUILLA 94 94 COMAS 94 94 EL AGUSTINO 94 94 LA MOLINA 94 94 LA VICTORIA 94 94 LOS OLIVOS 94 94 LURIGANCHO 94 94 MAGDALENA DEL MAR 94 94 MIRAFLORES 94 94 PACHACAMAC 94 94 PUEBLO LIBRE 94 94 PUNTA NEGRA 94 94 SAN BORJA 94 94 SAN ISIDRO 94 94SAN JUAN DE LURIGANCHO 94 94DISTRITOS VOTOS NULOS TOTAL DE VOTOS SAN JUAN DE MIRAFLORES 94 94 SAN MARTÍN DE PORRES 94 94 SANTA MARÍA DEL MAR 94 94 2.7. Lo antes señalado no implica la modi fi cación de otras cifras de votaciones consignadas en el acta electoral, las cuales deben mantenerse invariables. 2.8. De este modo, resolviendo las observaciones del acta electoral, corresponde declarar su validez y remitirla a la ONPE para su procesamiento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: 1. Declarar VÁLIDA el Acta Electoral Nº 101340-39-O. 2. CONSIDERAR en el Acta Electoral Nº 101340-39- O, en los distritos indicados las siguientes cifras: DISTRITOS VOTOS NULOS TOTAL DE VOTOS ANCÓN 94 94ATE 94 94 BARRANCO 94 94 BREÑA 94 94 CARABAYLLO 94 94 CHORRILLOS 94 94CIENEGUILLA 94 94 COMAS 94 94 EL AGUSTINO 94 94LA MOLINA 94 94 LA VICTORIA 94 94 LOS OLIVOS 94 94 LURIGANCHO 94 94 MAGDALENA DEL MAR 94 94MIRAFLORES 94 94 PACHACAMAC 94 94 PUEBLO LIBRE 94 94PUNTA NEGRA 94 94 SAN BORJA 94 94 SAN ISIDRO 94 94 SAN JUAN DE LURIGANCHO 94 94 SAN JUAN DE MIRAFLORES 94 94SAN MARTÍN DE PORRES 94 94 SANTA MARÍA DEL MAR 94 94 3. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral Nº 101340-39-O se mantienen invariables. 4. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral Nº 101340-39-O. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la Lucha contra la COVID-19. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0927-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2021. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0981-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 6 de enero de 2022. 2069567-1