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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2022 (22/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Domingo 22 de mayo de 2022 El Peruano / DISTRITOS VOTOS NULOS TOTAL DE VOTOS CIENEGUILLA 86 86 COMAS 86 86 EL AGUSTINO 86 86 LA MOLINA 86 86 LA VICTORIA 86 86 LOS OLIVOS 86 86 LURIGANCHO 86 86 MAGDALENA DEL MAR 86 86 MIRAFLORES 86 86 PACHACAMAC 86 86 PUEBLO LIBRE 86 86 PUNTA NEGRA 86 86 SAN BORJA 86 86 SAN ISIDRO 86 86 SAN JUAN DE LURIGANCHO 86 86 SAN JUAN DE MIRAFLORES 86 86 SAN MARTÍN DE PORRES 86 86 SANTA MARÍA DEL MAR 86 86 2.7. Lo antes señalado no implica la modi fi cación de otras cifras de votaciones consignadas en el acta electoral, las cuales deben mantenerse invariables. 2.8. De este modo, resolviendo las observaciones del acta electoral, corresponde declarar su validez y remitirla a la ONPE para su procesamiento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: 1. Declarar VÁLIDA el Acta Electoral Nº 101341-37-M. 2. CONSIDERAR en el Acta Electoral Nº 101341-37- M, en los distritos indicados las siguientes cifras: DISTRITOS VOTOS NULOS TOTAL DE VOTOS ANCÓN 86 86 ATE 86 86 BARRANCO 86 86 BREÑA 86 86 CARABAYLLO 86 86 CHORRILLOS 86 86 CIENEGUILLA 86 86 COMAS 86 86 EL AGUSTINO 86 86 LA MOLINA 86 86 LA VICTORIA 86 86 LOS OLIVOS 86 86 LURIGANCHO 86 86 MAGDALENA DEL MAR 86 86 MIRAFLORES 86 86 PACHACAMAC 86 86 PUEBLO LIBRE 86 86 PUNTA NEGRA 86 86 SAN BORJA 86 86 SAN ISIDRO 86 86 SAN JUAN DE LURIGANCHO 86 86 SAN JUAN DE MIRAFLORES 86 86 SAN MARTÍN DE PORRES 86 86 SANTA MARÍA DEL MAR 86 86 3. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral Nº 101341-37-M se mantienen invariables. 4. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral Nº 101341-37-M.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la Lucha contra la COVID-19. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0927-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2021. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0981-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano , el 6 de enero de 2022. 2069569-1 Declaran válida el Acta Electoral Nº 112114- 38-C RESOLUCIÓN Nº 0554-2022-JNE Expediente Nº EIERM.2022000147 PIURA - PIURA - PIURA ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022ELECCIONES INTERNAS - ACTA OBSERVADA Lima, diecinueve de mayo de dos mil veintidós VISTA: el Acta Electoral Nº 112114-38-C, observada y remitida por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), correspondiente a las elecciones internas de la organización política Partido Patriótico del Perú, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 - ERM 2022; y CONSIDERANDO QUE: PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 4 del artículo 178 y el artículo 181 de la Constitución Política del Perú asignan al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entre otras, la función de administrar justicia en materia electoral en última y de fi nitiva instancia. 1.2. El numeral 8 del artículo 139 prevé: Artículo 139°.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional: […]8. El principio de no dejar de administrar justicia por vacío o de fi ciencia de la ley. En tal caso, deben aplicarse los principios generales del derecho y el derecho consuetudinario. 1.3. El artículo 185 establece, sobre el escrutinio público, que “[el] escrutinio de los votos en toda clase de elecciones […] se realiza en acto público e ininterrumpido sobre la mesa de sufragio. Sólo [sic] es revisable en los casos de error material o de impugnación, los cuales se resuelven conforme a ley” [resaltado agregado]. En la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE)