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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2022 (22/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Domingo 22 de mayo de 2022 El Peruano / lugar; añadiendo la acotada norma que las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; Que, el artículo 49º de la citada norma señala que la autoridad municipal puede ordenar la clausura temporal o defi nitiva de edi fi cios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento está legalmente prohibido o constituye peligro o riesgo para la seguridad pública, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de Defensa Civil o produzca olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario; Que, asimismo el artículo 74º de la citada norma estipula que las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución y de fi scalización y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente Ley y la Ley de Bases de la Descentralización; Que, el Concejo de la Municipalidad ejerce su función normativa a través de Ordenanzas las cuales tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200 de la Constitución y el artículo IV del Título Preliminar del TUO del Código Tributario; Que, el Texto Único Ordenado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su artículo 247º, estipula la facultad que se atribuye a cualquiera de las entidades para establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados, siendo necesario su reglamentación, con el fi n de regular el procedimiento administrativo sancionador respecto a la detección de infracciones, imposición, ejecución e impugnación de sanciones, el cual deberá estar establecidas en el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas – RASA y del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, conforme a las atribuciones conferidas por ley; Que, mediante Informe Nº 059-2021-SGFT-MDVR la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y Administrativa, informa que con el fi n de dar seguimiento y cumplimiento a todas las normas municipales y normas nacionales de competencia municipal, es necesario la aprobación del Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas - RASA y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones - CUIS de la Municipalidad Distrital de Villa Rica conforme al nuevo marco legal de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Único Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS, asegurando de esta forma una expectativa razonablemente fundada respecto a cómo actuará la administración pública en el procedimiento administrativo sancionador y que el Distrito de Villa Rica pueda contar con un dispositivo legal mediante el cual se haga de conocimiento a la ciudadanía y entidades, las conductas contrarias al ordenamiento jurídico municipal y las sanciones administrativas ante la comisión de las mismas, a fi n de propiciar el civismo dentro del orden, respeto, cooperación y cumplimiento de las disposiciones municipales, con el propósito de lograr una adecuada convivencia en la comunidad y procurar el desarrollo integral y armonioso del distrito; Que, con Informe Nº 480-2021-MDVR-GPP/rcm de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto recomienda la aprobación del proyecto de Ordenanza y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones para seguir con las diligencias de fi scalización de acuerdo a la realidad socioeconómica del distrito de Villa Rica; Que, con Informe Legal Nº 184-2021-GAJ/MDVR la Gerencia de Asesoría Jurídica mani fi esta que no encuentra impedimento legal para que el Concejo Municipal apruebe el proyecto de Ordenanza del Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Villa Rica; Que, mediante Informe Nº 162-2021-MDVR/GEMU de la Gerencia Municipal remite los actuados referente a la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y del Cuadro Único de Infracciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, con la fi nalidad de elevarlos al Concejo Municipal para su respectiva aprobación;Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) Y DEL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA RICA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - RASA de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, que consta de cinco (05) Títulos Preliminares, 07 (Siete) Títulos, 08 (Ocho) Capítulos, 76 (Setenta y seis) Artículos, 02 (Dos) Disposiciones Complementarias, 06 (Seis) Disposiciones Transitorias y Finales y 12 (Doce) Anexos, las mismas que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, los mismos que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal en coordinación con las demás unidades orgánicas y Gerencias de esta corporación edil, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DEROGAR toda normativa legal que se oponga a lo que establece la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias, para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación y promulgación, encargándose a la Secretaría General de esta institución edil publique el presente dispositivo en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa Rica www.munivillarica.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CLEVER ALDO LA TORRE MOSCOSO Alcalde 2069526-1 Aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa Rica ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2021-MDVR Villa Rica, 10 de diciembre del 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA RICA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VILLA RICA. VISTO: En Sesión Ordinaria Nº 23, de fecha 10 de diciembre de 2021, el Informe Nº 167-2021-MDVR/GEMU de la Gerencia Municipal, Informe Legal Nº 187-2021-GAJ/