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96 NORMAS LEGALES Domingo 22 de mayo de 2022 El Peruano / MDVR de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 498-2021-MDVR/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Proyecto de Ordenanza que propone la aprobación de la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.); y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que, las municipalidades son órganos de gobierno de desarrollo local, con personería jurídica de derecho público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el numeral 3 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que, corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interna y del funcionamiento del gobierno local; y conforme a lo establecido en el artículo 40º, las ordenanzas, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna; Que, la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27658, declara al Estado Peruano (tres niveles de gobierno: Nacional, Regional y/o Local) en proceso de modernización con la fi nalidad de mejorar la gestión pública; asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, con el objeto de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM modi fi cado por Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM se aprueban los lineamientos de organización de Estado, con el objeto de regular principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, con la fi nalidad de buscar que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, mediante Informe Legal Nº 187-2021-GAJ/MDVR, el Gerente de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) no revisten observaciones de carácter relevante y que prosiga con el trámite correspondiente, del mismo modo con Informe Nº 498-2021-MDVR/GPP, el Gerente de Planeamiento y Presupuesto remite los instrumentos de gestión antes señalados dando su opinión favorable para su aprobación conforme a Ley; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime de los miembros del concejo municipal y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA RICA Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, que consta de III títulos, XII capítulos, 127 artículos, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER a todas las unidades orgánicas, el cumplimiento de la presente ordenanza municipal, así como de las acciones correspondientes con arreglo a Ley. Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, emita las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO, las normas municipales que se oponga a la presente ordenanza municipal. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente ordenanza conforme el marco legal vigente; asimismo, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa Rica (www.munivillarica.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CLEVER ALDO LA TORRE MOSCOSO Alcalde 2069527-1