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6 NORMAS LEGALES Viernes 27 de mayo de 2022 El Peruano / Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los seis días del mes de mayo de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República ENRIQUE WONG PUJADA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2071417-2 LEY Nº 31484 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA INDUSTRIALIZACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y EXPORTACIÓN DE LOS CÍTRICOS Artículo 1. Declaración de necesidad pública e interés nacional Se declara de necesidad pública e interés nacional la industrialización, comercialización y exportación de los cítricos. Artículo 2. Instituciones que coordinan las medidas y acciones necesarias El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego coordina con el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con los gobiernos regionales y locales, así como con organizaciones públicas y privadas involucradas, la adopción de medidas y acciones necesarias para la implementación de la presente ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de mayo de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2071417-3 LEY Nº 31485 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA MODERNIZACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LAS PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUA DE EL ARENAL EN PAITA Y DE CURUMUY EN PIURA, ÁMBITO GEOGRÁFICO DEL DEPARTAMENTO DE PIURA Artículo 1. Declaración de necesidad pública e interés nacional Declárase de necesidad pública e interés nacional la ejecución del proyecto de modernización y ampliación de las plantas de tratamiento de agua de El Arenal en Paita y de Curumuy en Piura, ámbito geográ fi co del departamento de Piura. Artículo 2. Acciones para la ejecución del proyecto El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de conformidad con sus competencias y atribuciones en coordinación con las autoridades regionales y provinciales priorizan la ejecución del proyecto modernización y ampliación de las plantas de tratamiento de agua de El Arenal en Paita y Curumuy en Piura, ámbito geográ fi co del departamento de Piura. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los trece días del mes de mayo de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2071417-4