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14 NORMAS LEGALES Viernes 27 de mayo de 2022 El Peruano / Designan Director de la Dirección de Intervenciones del Sector Educación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 00058-2022-ARCC/DE Lima, 26 de mayo de 2022 VISTOS: El Memorando N° 00306-2022-ARCC/GG de la Gerencia General, el Informe N° 00165-2022-ARCC/GG/OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos, la Hoja de Trámite N° 09843-2022-ARCC/GG/OA de la O fi cina de Administración, y el Informe N° 00504-2022-ARCC/GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal; con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE se aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, estableciéndose en los literales o) y q) de su artículo 11 que la Dirección Ejecutiva tiene como función, designar y remover a los titulares de órganos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y puestos de con fi anza; asimismo, emitir resoluciones para el cumplimiento de sus funciones; Que, con Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 00009-2020-ARCC/DE y N° 00014-2020-ARCC/DE se aprueban los documentos orientadores en materia de gestión de recursos humanos denominados “Indicador de puestos directivos de libre designación o remoción y puestos de con fi anza” y el “Clasi fi cador de puestos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, respectivamente, los cuales contemplan el puesto de Jefe de Gabinete de la Dirección Ejecutiva, que es considerado de directivo/a superior y de libre designación y remoción; Que, considerándose vacante el puesto de Director de la Dirección de Intervenciones del Sector Educación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y a fi n de garantizar la marcha administrativa de la Entidad de acuerdo a las necesidades institucionales, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicha función a partir del 28 de mayo de 2022; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, que aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar al señor Erwin García Zumaeta, a partir del 28 de mayo de 2022, en el puesto de Director de la Dirección de Intervenciones del Sector Educación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. Artículo 2.- Publicación Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERT LÓPEZ LÓPEZ Director EjecutivoAutoridad para la Reconstrucción con Cambios 2071395-1AMBIENTE Rectifican el error material incurrido en la R.M. N° 244-2021-MINAM, en el extremo que se consigna: “Oficina Registral de Cusco, de la Zona Registral N° X - Sede Quillabamba”, debiendo haberse consignado: “Oficina Registral Quillabamba, de la Zona Registral N° X - Sede Cusco” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 129-2022-MINAM Lima, 25 de mayo de 2022 VISTOS; el O fi cio N° 165-2022-SERNANP-J del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP); el Memorando N° 00459-2022-MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos naturales; y el Informe N° 00244-2022-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 244-2021-MINAM, publicada el 31 de diciembre de 2021 en el Diario O fi cial el Peruano, se reconoce el Área de Conservación Privada “Predio Collpapampa (Huadquiña-Mesada Chico)”, por un periodo de diez (10) años, sobre el área total del predio inscrito en el Asiento C00005 de la Partida Electrónica N° 11012938 del Registro de Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral Cusco, de la Zona Registral N° X - Sede Quillabamba de propiedad de la empresa Mountain Lodges of Peru S.A.C., ubicado en el distrito de Santa Teresa, provincia de La Convención, departamento de Cusco; Que, con O fi cio N° 165-2022-SERNANP-J, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado comunica que en el décimo primer considerando y en el Artículo 1 de la precitada resolución, se consignó por error a la O fi cina Registral de Cusco, de la Zona Registral N° X - Sede Quillabamba, debiendo haberse consignado a la Ofi cina Registral Quillabamba, de la Zona Registral N° X - Sede Cusco; Que, de acuerdo al artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; siendo que, la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, en ese sentido, corresponde recti fi car el error material advertido; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Recti fi car el error material incurrido en el décimo primer considerando y en el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 244-2021-MINAM, en el extremo que se consigna: “O fi cina Registral de Cusco, de la Zona