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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (04/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Viernes 4 de noviembre de 2022 El Peruano / ITEM CUI PROYECTOPROPUESTA TRANSFERIR 8 2509876MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PROVICION DE AGUA PARA RIEGO DEL SISTEMA DE RIEGO CANAL MARIA ANGOLA DESDE EL SECTOR HUACACHIVATO HASTA EL SECTOR LA QUEBRADA EN LOS DISTRITOS DE SAN LUIS Y IMPERIAL DE LA PROVINCIA DE CAÑETE-DEPARTAMENTO DE LIMA.48,826.00 UNIDAD EJECUTORA 002 REGION LIMA- LIMA SUR51,186.00 9 2321692AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL CENTRO POBLADO SAN MARCOS DE LA AGUADA, DISTRITO DE MALA-CAÑETE-LIMA.51,186.00 TOTAL 708,315.00 2121257-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Designan Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 257-2022-A-MDMM Magdalena del Mar, 19 de octubre de 2022 EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MARVISTOS: El Memorándum Nº 028-2022-OGRH-OGAF- MDMM de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, el Informe Nº 076-2022-SGEC-GATR-MDMM de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el Memorando Nº 331-2022-GATR/MDMM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por los numerales 6 y 17 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, es atribución del alcalde, dictar resoluciones, así como designar y cesar a los funcionarios de la Municipalidad; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979 aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008- JUS, establece que la designación del Ejecutor, así como el Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos y que en ambos casos ingresan como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo; Que, el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, prescribe que el régimen especial de contratación administrativa tiene por objeto garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública; Que, a través del Informe Técnico Nº 109-2017-SERVIR/GPGSC la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, señala que a fi n de garantizar la ejecución oportuna de las acciones coercitivas frente al incumplimiento de obligaciones legales recaídas sobre los administrados, las entidades del Sector Público, por excepción fundada en causas debidamente justi fi cadas y bajo responsabilidad administrativa del Titular, podrían contratar auxiliares coactivos mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS), siempre que hayan cumplido obligatoriamente las siguientes exigencias: a) Hayan iniciado las gestiones para la modi fi cación de los instrumentos internos de gestión (CAP provisional) a fi n de incorporar plazas de auxiliares coactivos a plazo indeterminado, bajo el régimen laboral de la entidad, y b) No exista en la institución personal que cumpla con los requisitos exigidos por el artículo 42º de la Ley Nº 26979, que pueda ocupar cargo de auxiliar coactivo mediante alguna de las modalidades de desplazamiento previstas en los regímenes del Decreto Legislativo Nº 2766 y el Decreto Legislativo Nº 728; Que, mediante Memorándum Nº 028-2022-OGRH- OGAF-MDMM, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, informa que ha fi nalizado el concurso Público de Méritos CAS Nº 022-2022-MDMM, Convocatoria para contratar a un Auxiliar Coactivo para la Subgerencia de Ejecución Coactiva, declarándose como ganadora a la Abog. CECILIA ISABEL CHÁVEZ DELGADO, y con fecha 29 de setiembre del presente año, se suscribió el Contrato Administrativo de Servicios Nº 022-2022-MDMM; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Primero .- DESIGNAR con efectos a partir de la fecha, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de Magdalena del Mar a la Abogada: CECILIA ISABEL CHÁVEZ DELGADO, servidora contratada bajo los alcances del régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057 y normas complementarias. Artículo Segundo .- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero .- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a la O fi cina General de Administración y Finanzas, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, la Subgerencia de Ejecución Coactiva, para las acciones correspondientes según sus competencias. Artículo Cuarto .- ENCARGAR a la Secretaria General notifi car a la presente resolución a los órganos y unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, para su fi el cumplimiento, así como publicar la presente en el diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto .- ENCARGAR a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (htt.www.munimagdalena. gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOMAGNO CHACON GOMEZ Alcalde 2119152-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA Ratifican el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Asia 2023 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2022/MDA Asia, 27 de octubre del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA