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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (04/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Viernes 4 de noviembre de 2022 El Peruano / 2.11. En ese orden de ideas, en la Mesa de Sufragio Nº 016605 no existen ejemplares de las actas electorales en la elección regional y municipal (provincial y distrital); en consecuencia, este órgano colegiado considera que el JEE procedió correctamente al declarar nula las actas electorales de la referida mesa de sufragio, por lo que el recurso de apelación debe ser desestimado. 2.12. Por último, este Máximo Órgano Electoral considera oportuno rea fi rmar su rechazo a todo acto de violencia, en particular, al que atente contra la voluntad popular, ya que no resulta admisible ni democrático que la población ni las organizaciones políticas o terceros inciten y realicen este tipo de actos por el resultado electoral o para evitar este; tales actos son incompatibles con los principios básicos de la democracia y obstaculizan el ejercicio pleno al derecho de sufragio; por lo que, se debe instar a las autoridades policiales y del Ministerio Público para que técnicamente establezcan las responsabilidades que correspondan. 2.13. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUEVE1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por doña Evelin Claudia Pacheco Gallegos, personera legal titular de la organización política Alianza para el Progreso; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 01942-2022-JEE- URUB/JNE, del 18 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Urubamba, que declaró nulo el acta electoral de la elección regional, así como de la elección municipal provincial y distrital de la Mesa de Sufragio Nº 016605, correspondientes al distrito de Manitea, provincia de La Convención, departamento de Cusco, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. RECHAZAR Y CONDENAR los actos vandálicos suscitados al término del acto eleccionario del 2 de octubre de 2022, en el distrito de Manitea, provincia de La Convención, departamento de Cusco, en el local de votación ubicado en la Institución Educativa Nº 38704. 3. DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Urubamba remita la presente resolución a la O fi cina Descentralizada de Procesos Electorales. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENAS MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 001640-2021-JN/ONPE, el 28 de noviembre de 2021. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 2121276-1Confirman la Resolución N° 01943-2022- JEE-URUB/JNE RESOLUCIÓN Nº 4057-2022-JNE Expediente Nº ERM.2022052754 MANITEA - LA CONVENCIÓN - CUSCO JEE URUBAMBA (ERM.2022052278)ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022APELACIÓN Lima, veintisiete de octubre de dos mil veintidósVISTO: en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por doña Evelin Claudia Pacheco Gallegos, personera legal titular de la organización política Alianza para el Progreso (en adelante, señora recurrente), en contra de la Resolución Nº 01943-2022-JEE-URUB/JNE, del 18 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Urubamba (en adelante, JEE), que declaró nula el acta electoral de la elección regional, así como de la elección municipal provincial-distrital de la Mesa de Sufragio Nº 016606, correspondientes al distrito de Manitea, provincia de La Convención, departamento de Cusco (en adelante, mesa de sufragio), en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). Oído: el informe oral . PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. La O fi cina Descentralizada de Procesos Electorales (en adelante, OPDE), mediante los O fi cios Ns. 000084, 000085. 000086, 000087, 000088 y 000089-2022-ODPEURUBAMBAERM2022/ONPE, del 4 de octubre de 2022, dirigido a los personeros legales de las organizaciones políticas Fuerza Inka Amazónica, Podemos Perú, Alianza para el Progreso, Partido Democrático Somos Perú, Juntos por el Perú, Movimiento Inka Pachakuteq, respectivamente, comunicó y solicitó la entrega de los ejemplares de las actas electorales de las Mesas de Sufragio Nº 016601, 016602, 016603, 016604, 016605 y 016606. Ante tal requerimiento, ninguna de las organizaciones políticas antes referidas presentó ejemplar original alguno, solo la personera legal de la organización política Alianza para el Progreso envió un escrito, del 11 de octubre de 2022, adjuntando fotos de las Actas Electorales N. os 016601-51-V y 016603-50-K, así como los carteles de resultados de las Mesas de Sufragio N. os 016602, 016604, 016605 y 016606. 1.2. La ODPE, por medio del O fi cio Nº 00095-2022-ODPEURUBAMBAERM2022/ONPE, del 13 de octubre de 2022, informó al JEE los hechos de violencia que se produjeron, el 2 de octubre del año en curso, en la Institución Educativa Nº 38704 Lobo - Tahuantinsuyo, situada en el distrito de Manitea, provincia de La Convención, departamento de Cusco, cuando los pobladores del distrito mencionado sustrajeron y quemaron actas electorales de las elecciones regional y municipal (provincial y distrital) de las Mesas de Sufragio N. os 016601, 016602, 016603, 016604, 016605 y 016606; asimismo, adjuntó las denuncias policiales correspondientes. 1.3. Con el Informe Nº 061-2022-FCA-CF-JEE URUBAMBA-JNE, del 11 de octubre de 2022, la coordinadora de fi scalización adscrita al JEE dio cuenta de los hechos de violencia suscitados el día de las elecciones regionales y municipales (2 de octubre de 2022), en el distrito de Manitea, provincia de la Convención, departamento de Cusco. 1.4. El JEE, mediante la Resolución Nº 01943-2022-JEE- URUB/JNE, del 18 de octubre de 2022, declaró nula las actas electorales de la elección regional y municipal (provincial y distrital) de la mesa de sufragio y dispuso como votos nulos la cantidad de electores hábiles de la referida mesa. La decisión se sustentó en que, al no recuperarse las actas electorales de la referida mesa de sufragio, no cuentan con ningún ejemplar original de las referidas actas