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11 NORMAS LEGALES Domingo 13 de noviembre de 2022 El Peruano / para que participen en la “Reunión operativa de trabajo interagencial de policías y fi scales de América del Sur”, por cuanto dicho evento tiene por objeto generar espacios de discusión, colaboración, coordinación, articulación operacional y traspaso de experiencias entre el ministerio público, cuerpos policiales y agencias antinarcóticos y contra el crimen organizado en América del Sur, lo cual permitirá el desarrollo de estrategias investigativas y de cooperación internacional en la desarticulación de organizaciones criminales transnacionales y/o fenómenos delictuales observados en la región, lo cual bene fi ciará las investigaciones que se realizan en la Policía Nacional del Perú; Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos parciales del veinte por ciento (20%) respecto a las cenas y pasajes aéreos (ida y retorno), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en la Hoja de Estudio y Opinión N° 324-2022-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI y el Informe N° 251-2022-DIVECO-PNP-DPTO.RYV-SEC.RES de la División de Economía de la Policía Nacional de Perú; mientras que, los gastos por concepto de hospedaje, almuerzos y traslados internos, son asumidos por la Policía de Investigaciones de Chile, conforme se precisan en las Cartas de octubre de 2022, antes mencionadas; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial antes mencionado, del 15 al 18 de noviembre de 2022, a la ciudad de Santiago de la República de Chile;Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, del General de la Policía Nacional del Perú Adolfo Gregorio Valverde Arcos y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Víctor Alfredo Revoredo Farfán, del 15 al 18 de noviembre de 2022, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Moneda Importe Días Personas Total Viáticos (20%) US$ 74,00 32 444,00 Pasajes Aéreos US$ 415,00 2 830,00 Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILLY ARTURO HUERTA OLIVAS Ministro del Interior 2124501-1 Autorizan viaje a oficiales de la Policía Nacional del Perú a México, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1586-2022-IN Lima, 12 de noviembre de 2022VISTOS, el O fi cio N° 1690-2022-COMASGEN-CO PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 002151-2022/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante convocatoria el Centro de Entrenamiento Conjunto de Operaciones de Paz de México (CECOPAM) oferta los cursos que se impartirán