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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (13/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Domingo 13 de noviembre de 2022 El Peruano / durante el año 2022, dentro de la cual ofrecen plazas para becarios extranjeros para el “Curso de Policía de las Naciones Unidas (UNPOL)”, a llevarse a cabo del 14 de noviembre al 9 de diciembre de 2022, en el CECOPAM, ubicado en la localidad de San Miguel Jagüeyes del municipio de Huehuetoca del estado de México de los Estados Unidos Mexicanos; Que, con O fi cio N° 206-2022-COMASGEN-DIRASINT- DIVCIEA/AGREPOL-MEXICO, de fecha 9 de noviembre de 2022, la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos comunica que el Centro de Entrenamiento Conjunto de Operaciones de Paz de México (CECOPAM) admitió la participación del Mayor de la Policía Nacional del Perú César Augusto Fuentes Rivera Fernández y del Teniente de la Policía Nacional del Perú Danny Kevin Sotomayor Sotocani en el “Curso de Policía de las Naciones Unidas (UNPOL)”; Que, a través del O fi cio N° 3736-2022-COMASGEN- CO PNP/DIRASINT-DIVCIEA, de fecha 10 de noviembre de 2022, la División de Cooperación Internacional Enlace y Agregadurías de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú remite el Informe N° 048-2022-COMASGEN-PNP/DIRASINT-DIVCIEA-UFMP, mediante el cual se sustenta la importancia y viabilidad de la participación del Mayor de la Policía Nacional del Perú César Augusto Fuentes Rivera Fernández y del Teniente de la Policía Nacional del Perú Danny Kevin Sotomayor Sotocani, en el curso internacional antes mencionado; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 326-2022-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, de fecha 10 de noviembre de 2022, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal policial descrito precedentemente, del 13 de noviembre al 10 de diciembre de 2022, a la localidad de San Miguel Jagüeyes del municipio de Huehuetoca del estado de México de los Estados Unidos Mexicanos, para que participen en el “Curso de Policía de las Naciones Unidas (UNPOL)”, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, puesto que adquirirán conocimientos, técnicas, herramientas y experiencias en materia de operaciones de paz, aplicados en otros países e instituciones, como es el caso de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo modelo y preparación de efectivos policiales justi fi ca que formen parte del contingencia policial que participa en las diferentes misiones de paz de la ONU; por lo que, la participación en el mencionado curso será bene fi ciosa por cuanto recibirán asistencia técnica y profesional en los diferentes campos de actividad funcional, lo cual redundará en el fortalecimiento de las capacidades del personal policial participante para el desarrollo de sus labores en la Policía Nacional del Perú; Que, en ese sentido, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del personal policial en el curso antes indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP del Pliego 007: Ministerio del Interior, mientras que los gastos por alojamiento, alimentación y traslados internos, son asumidos por el Centro de Entrenamiento Conjunto de Operaciones de Paz de México (CECOPAM), conforme se precisa en la convocatoria descrita en el primer considerando; Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)”; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, a través del informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú César Augusto Fuentes Rivera Fernández y del Teniente de la Policía Nacional del Perú Danny Kevin Sotomayor Sotocani, del 13 de noviembre al 10 de diciembre de 2022, a la localidad de San Miguel Jagüeyes del municipio de Huehuetoca del estado de México de los Estados Unidos Mexicanos; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú César Augusto Fuentes Rivera Fernández y del Teniente de la Policía Nacional del Perú Danny Kevin Sotomayor Sotocani, del 13 de noviembre al 10 de diciembre de 2022, a la localidad de San Miguel Jagüeyes del municipio de Huehuetoca del estado de México de los Estados Unidos Mexicanos, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto pasajes aéreos, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: