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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (13/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Domingo 13 de noviembre de 2022 El Peruano / el desplazamiento de cooperantes peruanos al exterior, para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de bene fi ciarios extranjeros hacia el Perú para recibir capacitación, ambos de corta duración. Los gastos que se efectúen en el marco de la citada disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República del Perú y la República de Ecuador se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Cientí fi ca y Técnica, suscrito el 25 de octubre de 1985, a través del cual, se estableció que ambos países, en forma conjunta, elaborarán y ejecutarán Programas de Cooperación Cientí fi ca y Técnica; Que, en la I Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica Perú – Ecuador se aprobó el Programa Bilateral de Cooperación Técnica 2020-2022, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado “Articulación para la reducción de la desnutrición crónica infantil”; Que, en el marco del mencionado Proyecto, se ha programado la actividad denominada “Acercamiento a experiencias sobre estrategias educomunicacionales exitosas del Perú implementadas para el Desarrollo Infantil Temprano y la Prevención de la Desnutrición Crónica Infantil” que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 11 al 16 de diciembre de 2022 y cuyas instituciones ejecutoras son el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social de la República del Perú y la Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil, de la República de Ecuador; Que, la asistencia técnica y capacitación que brindará el MIDIS contribuirá a fortalecer la estrategia educomunicacional a partir de la experiencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; así como a complementar y fortalecer los esfuerzos que ya realiza el Estado ecuatoriano para la disminución de la Desnutrición crónica infantil en base a la experiencia peruana; Que, en dicha actividad del Proyecto, participarán el y la cooperante peruano/a José Enrique Pérez Lu y Lorena Prieto Coz, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Quito, República de Ecuador; Que, de conformidad con lo establecido en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales que irrogue el desplazamiento de los citados cooperantes peruanos serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; Que, mediante Memoranda N° 0189-2022-APCI/ OPP, N° 0199-2022-APCI/OPP, N° 0426-2022-APCI/OPP y N° 0427-2022-APCI/OPP, del 05 y 10 de mayo del 2022 y del 21 de octubre, respectivamente, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI ha emitido las Notas N° 00000088, N° 00000092 y su correspondiente ampliación y la N° 0000000198, otorgando la certi fi cación de crédito presupuestario y ampliaciones que permitirán atender el citado gasto; Que, a través del Informe N° 0133-2022-APCI/DGNI, de 25 de octubre de 2022, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI ha emitido opinión técnica concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales para el desplazamiento a la República de Ecuador de la y el citada/o cooperante; Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI, mediante Informe N° 0171-2022/APCI-OAJ, de 27 de octubre de 2022, opina favorablemente respecto a la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum (DCI) N° DCI01022/2022, de 2 de noviembre de 2022, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, indica que ha veri fi cado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación;De conformidad con la Ley N° 31365 – Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales para el desplazamiento de la y el cooperante peruana/o José Enrique Pérez Lu y Lorena Prieto Coz, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la actividad “Acercamiento a experiencias sobre estrategias educomunicacionales exitosas del Perú implementadas para el Desarrollo Infantil Temprano y la Prevención de la Desnutrición Crónica Infantil” del Proyecto denominado “Articulación para la reducción de la desnutrición crónica infantil”, a realizarse en la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 11 al 16 de diciembre de 2022, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos internacionales Lima - Quito - Lima USDSeguros personales USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal de viáticos USD José Enrique Pérez Lu1,249.82 52.95 370.00 6 2220.00 Lorena Prieto Coz 1,249.82 52.95 370.00 6 2220.00 Artículo 2.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la Actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, con base a la presente autorización. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2124210-1 Autorizan viaje de funcionarios a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0675-2022-RE Lima, 10 de noviembre de 2022 VISTOS: La Memoranda (DGA) N° DGA01412/2022 y DGA01425/2022 de la Dirección General de América, de 27 de octubre y 2 de noviembre de 2022, respectivamente; la Hoja de Trámite (GAC) N° 4030 del Despacho Viceministerial, de 27 de octubre de 2022, sus proveídos de 27 y 28 de octubre de 2022; la Hoja de Trámite (GAC) N° 4100 del Despacho Viceministerial, de 2 de noviembre de 2022; el Memorándum (OPP) N° OPP02272/2022 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y su proveído, de 2 y 4 de noviembre de 2022, respectivamente, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum (OAP) N° OAP02363/2022 de la O fi cina de Administración de Personal, de 4 de noviembre de 2022;