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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (13/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Domingo 13 de noviembre de 2022 El Peruano / Que, mediante OF. RE (DSL) N° 2-12-A/305, la Dirección General de Soberanía Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores informa que la División de Pesca y Acuicultura de la FAO ha considerado oportuno plantear alternativas para el evento de clausura en Roma de modalidad híbrida (virtual y presencial) y el evento de clausura regional en Perú de modalidad presencial; Que, de acuerdo al Acta de la Segunda Sesión Extraordinaria del Grupo de Trabajo celebrada el día 06 de octubre de 2022, la Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), ante el Programa Mundial de Alimentos (PMA), y ante el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), con sede en la ciudad de Roma, República Italiana, miembro del Grupo de Trabajo, señaló que la FAO al tomar conocimiento de la existencia de un grupo de trabajo multisectorial nacional, para apoyar a la Presidencia del Comité Directivo Internacional asumida por el Estado Peruano, ha sugerido que el mismo funcione hasta diciembre de 2023 debido a que habrá una serie de eventos claves que se desarrollarán durante dicho periodo, en el que todavía el Perú tendría una función de líder en el seguimiento a los compromisos que resulten de los eventos de clausura regional y mundial; Que, asimismo, el Grupo de Trabajo, a través del Acta de la Tercera Sesión Extraordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2022, mani fi esta la necesidad de dar continuidad al mismo hasta diciembre de 2023, así como la conformación de un equipo organizador del evento de clausura del Año Internacional de la Pesca y la Acuicultura Artesanales (IYAFA 2022), acordando avanzar con el proceso correspondiente al trámite para la aprobación del proyecto de resolución ministerial que modi fi que la Resolución Ministerial N° 00193-2021-PRODUCE; Que, a través del Informe N° 00000092-2022-PRODUCE/ DSE la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, señala, entre otros, que resulta necesario prorrogar la vigencia del Grupo de Trabajo hasta diciembre de 2023; así también, establecer medidas orientadas a la plani fi cación y organización del evento de clausura del Año Internacional de la Pesca y Acuicultura Artesanales (IYAFA 2022), con la fi nalidad de continuar brindando el apoyo al Estado Peruano, en su liderazgo, en una serie de eventos claves que se desarrollarán en el año 2023, a partir de los compromisos que resulten de los eventos de clausura regional y mundial; Que, mediante el Informe N° 00000411-2022-PRODUCE/OGPPM la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, tomando en cuenta la opinión de la O fi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, señala que considera procedente la propuesta de modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 00193-2021-PRODUCE, que crea el Grupo de Trabajo, la cual se enmarca en lo dispuesto, entre otros, por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modi fi catorias; Que, con el Informe N° 00001300-2022-PRODUCE/ OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial propuesta; Que, en consecuencia, resulta necesario modi fi car la Resolución Ministerial N° 00193-2021-PRODUCE que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para apoyar a la Presidencia del Comité Directivo Internacional del Año Internacional de la Pesca y la Acuicultura Artesanales (IYAFA 2022), asumida por el Estado Peruano”, a fi n de establecer medidas orientadas a la plani fi cación y organización del evento de clausura, disponiéndose, entre otros, la prórroga del plazo de vigencia del referido Grupo de Trabajo; Con el visado de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Pesca Artesanal, de la Dirección General de Acuicultura, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1. Modi fi cación del numeral 4.1 del artículo 4 y del numeral 6.2 del artículo 6 de la Resolución Ministerial N° 00193-2021-PRODUCE Modifícanse el numeral 4.1 del artículo 4 y el numeral 6.2 del artículo 6 de la Resolución Ministerial N° 00193-2021-PRODUCE, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: “Artículo 4.- Conformación del Grupo de Trabajo4.1 El Grupo de Trabajo está conformado por: - El/La Viceministro/a de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, quien lo preside; - El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; - El/La Director/a General de la Dirección General de Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; - El/La Director/a General de la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; - El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; - El/La Director/a General de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores; - El/La Presidente/a Ejecutivo/a del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera; - El/La Director/a Ejecutivo/a del Instituto Tecnológico de la Producción; - El/La Jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero; - El/La Director/a Ejecutivo/a Cientí fi co/a del Instituto del Mar del Perú; - El/La Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional A Comer Pescado; - El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura; y - El/La Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), ante el Programa Mundial de Alimentos (PMA), y ante el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), con sede en la ciudad de Roma, República Italiana. (…)” “Artículo 6.- Instalación (…)6.2 Las sesiones del Grupo de Trabajo pueden ser en modalidad virtual y/o presencial , no menos de una vez por mes.” Artículo 2. Incorporación del artículo 7-A a la Resolución Ministerial N° 00193-2021-PRODUCE Incorpórase el artículo 7-A a la Resolución Ministerial N° 00193-2021-PRODUCE, conforme al texto siguiente: “Artículo 7-A.- Conformación del Equipo Organizador 7-A.1 Confórmase el Equipo Organizador para que, en el ejercicio de las funciones correspondientes previstas en el numeral 3.1 del artículo 3 de la presente Resolución