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17 NORMAS LEGALES Domingo 13 de noviembre de 2022 El Peruano / Ministerial, se encargue de la organización del evento de clausura del Año Internacional de la Pesca y la Acuicultura Artesanales (IYAFA 2022), de carácter regional, a cargo del Perú. 7-A.2 El Equipo Organizador está conformado por: - El/La Viceministro/a de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, quien lo preside; - El/La Secretario/a General del Ministerio de la Producción, quien actúa como Secretaría Técnica; - Un/a representante del Despacho Ministerial- El/La Director/a General de la Dirección General de Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; - El/La Director/a General de la Dirección General de Pesca Artesanal del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; - El/La Director/a General de la O fi cina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de la Producción; - El/La Director/a de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Secretaría General del Ministerio de la Producción; - El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; y - El/La Director/a General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de la Producción. 7-A.3 Cada miembro del Equipo Organizador cuenta con un/una representante alterno/a, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del/de la titular. 7-A.4 Los/Las miembros titulares y alternos/as del Equipo Organizador ejercen su cargo ad honorem. 7-A.5 El Equipo Organizador tiene las siguientes funciones: a) Gestionar los recursos necesarios para la organización del evento de clausura regional del Año Internacional de la Pesca y la Acuicultura Artesanales (IYAFA 2022), a cargo del Perú. b) Plani fi car y organizar el evento de clausura regional del Año Internacional de la Pesca y la Acuicultura Artesanales (IYAFA 2022), a llevarse a cabo en el mes de febrero de 2023. c) Elaborar y presentar al presidente del Grupo de Trabajo el cronograma de actividades e informe que sustente las acciones necesarias para la realización del evento de clausura regional del Año Internacional de la Pesca y la Acuicultura Artesanales (IYAFA 2022), a cargo del Perú. d) Elaborar y presentar al presidente del Grupo de Trabajo el informe fi nal que señale los resultados y gastos incurridos en el evento de clausura regional del Año Internacional de la Pesca y la Acuicultura Artesanales (IYAFA 2022), a cargo del Perú. Artículo 3. Plazos aplicables para el Equipo Organizador Los miembros a los que se re fi ere el numeral 7-A.2 del artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 00193-2021-PRODUCE se instalan como Equipo Organizador a los cinco (05) días hábiles, y designan sus representantes alternos/as mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de dicho equipo organizador en un plazo máximo de tres (03) días hábiles. Ambos plazos se computan a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Para el cumplimiento de sus funciones, el Equipo Organizador deberá elaborar un Cronograma de actividades, en un plazo máximo de siete (07) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación. Artículo 4. Designación de representantes de los miembros del Grupo de Trabajo incorporados por la presente Resolución Ministerial Los miembros del Grupo de Trabajo incorporados por la presente Resolución Ministerial designan a su representante alterno/a mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de dicho Grupo de Trabajo, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5. Prórroga del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Resolución Ministerial N° 00193-2021-PRODUCE Prorrogar el plazo de la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo para apoyar a la Presidencia del Comité Directivo Internacional del Año Internacional de la Pesca y la Acuicultura Artesanales (IYAFA 2022), asumida por el Estado Peruano”, creado por Resolución Ministerial N° 00193-2021-PRODUCE, hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo 6. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2124505-1 Instauran la “Semana de la Innovación y Emprendimiento Productivo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00383-2022-PRODUCE Lima, 11 de noviembre de 2022VISTOS: El Memorando N° 00000210-2022-PRODUCE/OCIIN de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional; el Memorando N° 00001311-2022-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de Mype e Industria; el Memorando N° 00001332-2022-PRODUCE-DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; el Memorando N° 00001028-2022-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 00001304-2022-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1047, establece que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas. Asimismo, se indica que es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fi scalizados. Además, es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción; Que, mediante el Decreto Supremo N° 345-2018- EF, se aprueba la Política Nacional de Competitividad y Productividad; la cual es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno. Constituye una política nacional multisectorial cuya conducción está a cargo del Ministerio de Economía y