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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (16/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de noviembre de 2022 El Peruano / Salida/Llegada de la Línea de TransmisiónTensión (kV)Nº de TernasLongitud (km)Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) S.E. Chincha Nueva – T1* (L.T. Desierto – Independencia) S.E. Chincha Nueva – PN4 (L.T. Independencia – Pueblo Nuevo) S.E. Chincha Nueva – PE2 (L.T. Pedregal – Pueblo Nuevo) S.E. Chincha Nueva – CA2 (L.T. Tambo de Mora – El Carmen)220 60606002 0202020.203 0.2450.1260.09325 161616 Subestaciones Descripción de características técnicas S.E. Chincha Nueva 220/60 kVEn 220 kV: Tendrá una con fi guración de doble barra con seccionador de transferencia; implementará, entre otros, dos (2) celdas de línea; una (1) celda de acople; una (1) celda de transformación para conexión a un banco de transformadores de potencia monofásicos 220/60/10 kV; un (1) banco de transformadores de potencia conformado por tres unidades monofásicas más una unidad de reserva, de 220/60/10 kV, con una potencia trifásica total 100/100/30 MVA (ONAN) y 120/120/36 MVA (ONAF); tres (3) transformadores de tensión; sistemas complementarios: Puesta a tierra, pórticos y barras, sistema de protección, control, medición, comunicaciones, servicios auxiliares y obras civiles.En 60 kV: Tendrá una con fi guración de doble barra; implementará, entre otros, seis (6) celdas de línea, una (1) celda de acople, una (1) celda de transformación para la conexión a un banco de transformadores de potencia monofásicos 220/60/10 kV, tres (3) transformadores de tensión para cada una de las barras en 60 kV, sistemas complementarios: Puesta a tierra, pórticos y barras, sistemas de protección, control, medición, comunicaciones, servicios auxiliares y obras civiles.En 10 kV: Comprende tres (3) celdas metal clad: una (1) para formación delta de banco de transformadores de potencia, una (1) para conexión de transformador de potencia de reserva cuando no se encuentre operativo uno de los transformadores de potencia y una (1) para conexión a transformador de servicios auxiliares; un (1) transformador de servicios auxiliares 10/0.38 – 0.22 kV, entre otros. *Estructura comprendida entre las torres T055 y T056 de la LT 220 kV Desierto – Independencia Artículo 3.- Aprobar el texto del Contrato de Concesión Nº 580-2022 a suscribirse entre la empresa Consorcio Transmantaro S.A. y el Estado, representado por el Ministerio de Energía y Minas y, el cual consta de 19 cláusulas y 3 anexos, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión, cuyo texto se encuentra aprobado por el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen al Contrato de Concesión referido en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario ofi cial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la empresa Consorcio Transmantaro S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2122382-1 Aprueban modificación del Manual de Perfiles de Puestos – MPP del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 035-2022-MINEM/SG Lima, 14 de noviembre de 2022 VISTOS: Los Informes N° 509-2022/MINEM-OGA- ORH y N° 513-2022/MINEM-OGA-ORH y el Memorando N° 01437-2022/MINEM-OGA-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 226-2022-MINEM/OGPP-ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico N° 000190-2022-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Ofi cio N° 000687-2022-SERVIR-PE de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; el Informe N° 1141-2022-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil, y que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil tiene por fi nalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de e fi cacia, e fi ciencia y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, el artículo 134 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y sus modi fi catorias, en adelante el Reglamento General, establece que cada entidad aprueba su respectivo Manual de Per fi les de Puestos – MPP, en el que se describe de manera estructurada todos los per fi les de puestos de la Entidad, de acuerdo con la directiva que establezca SERVIR para dicho fi n; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE se formalizó la aprobación de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP”, en adelante la Directiva, la cual establece las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria sobre el proceso de Diseño de Puestos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende los lineamientos que las entidades públicas deben seguir para la elaboración, aprobación y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP, cuando se encuentran en proceso de tránsito al régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; así como la elaboración y la aprobación de los per fi les de puestos para regímenes laborales diferentes al régimen de la Ley 30057; Que, el artículo 2 de la Directiva, establece que dicha norma tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con per fi les de puestos ajustados a