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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (26/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Sábado 26 de noviembre de 2022 El Peruano / Que, mediante Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del INDECOPI, se propone a la Presidencia del Consejo de Ministros la designación del señor DANTE JAVIER MENDOZA ANTONIOLI como Vocal de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, propuesta que cuenta con la opinión favorable del Consejo Consultivo de la mencionada entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1. Designar, por un periodo de cinco (5) años, al señor DANTE JAVIER MENDOZA ANTONIOLI como Vocal de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. Artículo 2. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2129395-14 Designan Vocal de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI RESOLUCIÓN SUPREMA N° 305-2022-PCM Lima, 25 de noviembre de 2022VISTO: El O fi cio N° 000360-2022-PRE/INDECOPI del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual es un órgano con autonomía técnica y funcional constituido por Salas Especializadas en los asuntos de competencia resolutiva del INDECOPI; Que, el literal c) del artículo 5 de la citada Ley, establece que, corresponde al Consejo Directivo del INDECOPI proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros la designación de los Vocales de las Salas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, tomando en cuenta la opinión del Órgano Consultivo; Que, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 13.1 y 13.3 del artículo 13 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, los vocales de las Salas del Tribunal son designados por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, y el periodo de su designación es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, mediante Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del INDECOPI, se propone a la Presidencia del Consejo de Ministros la designación del señor CAMILO NICANOR CARRILLO GOMEZ como Vocal de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, propuesta que cuenta con la opinión favorable del Consejo Consultivo de la mencionada entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1. Designar, por un periodo de cinco (5) años, al señor CAMILO NICANOR CARRILLO GOMEZ como Vocal de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. Artículo 2. La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2129395-15 Designan Vocal de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI RESOLUCIÓN SUPREMA N° 306-2022-PCM Lima, 25 de noviembre de 2022VISTO: El O fi cio N° 000359-2022-PRE/INDECOPI del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual es un órgano con autonomía técnica y funcional constituido por Salas Especializadas en los asuntos de competencia resolutiva del INDECOPI; Que, el literal c) del artículo 5 de la citada Ley, establece que, corresponde al Consejo Directivo del INDECOPI proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros la designación de los Vocales de las Salas del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del INDECOPI, tomando en cuenta la opinión del Órgano Consultivo; Que, de acuerdo con lo dispuesto en los numerales 13.1 y 13.3 del artículo 13 de la Ley de Organización y