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16 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de noviembre de 2022 El Peruano / Designan Director General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 974-2022/MINSA Lima, 29 de noviembre del 2022Visto, el expediente N° DM000020220000145; y,CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral Nº 319-2022-OGGRH/MINSA, de fecha 05 de mayo de 2022, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Director/a General (CAP-P N° 2166) del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud, se encuentra clasi ficado como cargo de con fianza; Que, se ha visto por conveniente designar al señor CÉSAR VLADIMIR MUNAYCO ESCATE, en el cargo señalado en el considerando precedente; Que, mediante el Informe N° D000454-2022-OGGRH- OARH-EIE/MINSA, la O ficina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la precitada acción de personal; Con el visado de la O ficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O ficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi ficatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor CÉSAR VLADIMIR MUNAYCO ESCATE, en el cargo de Director General (CAP – P Nº 2166), Nivel F-5, del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.KELLY ROXANA PORTALATINO AVALOS Ministra de Salud 2130433-5 Aprueban el Documento Técnico “Criterios de Priorización del Sector Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 975-2022/MINSA Lima, 29 de noviembre del 2022Visto, el Expediente N° OGPPM020220000362, que contiene el Memorándum N° D000809-2022-OGPPM-MINSA emitido por la O ficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° D000378-2022-OGAJ-MINSA emitido por la O ficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, y mediante Decreto Supremo N° 242-2018-EF se aprueba su Texto Único Ordenado; Que, el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 del Texto Único Ordenado – TUO del Decreto Legislativo N° 1252 establece que la fase de Programación Multianual de Inversiones consiste en un proceso de coordinación y articulación interinstitucional e intergubernamental, de proyección tri-anual, como mínimo, tomando en cuenta los fondos públicos destinados a la inversión proyectados en el Marco Macroeconómico Multianual, el cual está a cargo de los Sectores, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; precisando asimismo, que dicha programación se elabora en función de los objetivos nacionales, regionales y locales establecidos en el planeamiento estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, estableciendo metas para el logro de dichos objetivos que permitan evaluar el avance respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios y la rendición de cuentas; Que, asimismo, la Décima Disposición Complementaria Final del TUO del Decreto Legislativo N° 1252 establece que cada Sector del Gobierno Nacional anualmente aprueba y publica en su portal institucional los criterios de priorización para la asignación de recursos a las inversiones que se enmarquen en su responsabilidad funcional, de acuerdo a las medidas sectoriales de finidas por los rectores de las políticas nacionales. Dichos criterios son de aplicación obligatoria a las solicitudes de financiamiento que se presenten en el marco de la normatividad vigente y deben sujetarse a la finalidad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y a los instrumentos de planeamiento estratégico aprobados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado TUO establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las O ficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, asimismo, el numeral 5.3 del artículo 5 del TUO del Decreto Legislativo N° 1252 dispone que el Órgano Resolutivo del Sector del Gobierno Nacional aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones relacionadas con funciones de su competencia a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones para los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales de finidas por los rectores de las políticas nacionales. El Reglamento señala además que estos indicadores y criterios pueden ser revisados anualmente y siempre que se presenten modi ficaciones, se aprueban y se publican en el portal institucional de la entidad; Que, conforme con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado con Decreto Supremo N° 284-2018-EF, el Órgano Resolutivo del Sector del Gobierno Nacional es el Ministro del Sector. Adicionalmente, el numeral 9.2 del mismo artículo dispone que le corresponde aprobar los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales de finidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales. Estos indicadores y criterios pueden ser revisados anualmente y siempre que se presenten modi ficaciones, se aprueban y se publican en el portal institucional de la entidad; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01 denominada “Directiva General