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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (04/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Martes 4 de octubre de 2022 El Peruano / por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública 25 departamentos” vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 339-2021-EF; Que, mediante el O ficio Nº D000164-2022-SG- MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor del Instituto Nacional de Salud, con cargo a sus saldos de libre disponibilidad, por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito del citado Ministerio, para financiar el proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública 25 departamentos”; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº D000018-2022-OGPPM-OP-MINSA de la O ficina de Presupuesto de la O ficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando Nº 0363-2022-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Informe Nº 0304-2022-EF/63.04 de la Dirección de Gestión de Inversiones, en el cual señala que, como resultado de la revisión de la información registrada en el Banco de Inversiones, del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública 25 departamentos”, incluido en la solicitud del Ministerio de Salud, no se presentan comentarios en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, encontrándose viable y activo el citado proyecto de inversión; Que, mediante el Memorando Nº 348-2022-EF/52.04, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas opina favorablemente respecto a la Transferencia de Partidas, en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones O ficiales de Crédito, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, del Ministerio de Salud a favor del Instituto Nacional de Salud; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 1 171 580,00 (UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Salud a favor del Instituto Nacional de Salud, para financiar la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública 25 departamentos”, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 339-2021-EF, de los saldos de libre disponibilidad identi ficados en el Programa de Inversión “Creación de Redes Integradas de Salud”; De conformidad con lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 1 171 580,00 (UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Salud, para financiar la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública 25 departamentos”, vinculado a una operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 339-2021-EF, en el marco de lo dispuesto en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31366, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos del Ministerio de Salud, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 149 : Programa de Creación de Redes Integradas en Salud CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que n o Resultan en Productos PROYECTO 2430242 : Mejoramiento y ampliación del Sistema Único de Información en Salud FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O ficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 171 580,00 =========== TOTAL EGRESOS 1 171 580,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 131 : Instituto Nacional de SaludUNIDAD EJECUTORA 004 : INS – Fortalecimiento del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos PROYECTO 2502896 : Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública 25 departamentos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O ficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 171 580,00 =========== TOTAL EGRESOS 1 171 580,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los Recursos por Operaciones O ficiales de Crédito corresponde a la partida de ingreso 1.8.1 1.2 2 “Banco Mundial - BIRF” y se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para la Modi ficación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3 . Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4 . Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía.