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8 NORMAS LEGALES Martes 4 de octubre de 2022 El Peruano / que hayan sido declarados viables o aprobadas por los tres niveles de gobierno, según corresponda. (...)9. Evaluar la calidad de la aplicación del Ciclo de Inversión mediante muestras de inversiones registradas en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, con periodicidad anual. Los resultados de las evaluaciones son publicados en la sede digital del MEF y cuyos reportes se muestran en los referidos aplicativos informáticos. (...)19. Desarrollar, implementar y administrar los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; estableciendo las habilitaciones informáticas respectivas para el registro y actualización de la información de la gestión de las inversiones, en todas las fases del Ciclo de Inversión. 20. Solicitar a las OPMI, UF y UEI la información que considere pertinente sobre las inversiones y las metodologías especí fi cas que aprueban los Sectores. 21. Efectuar, de o fi cio, la desactivación de inversiones en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones que no cumplan con los criterios establecidos por la DGPMI. 22. Regular y facilitar a los órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones mecanismos para el seguimiento al desempeño de la gestión de las inversiones.” “Artículo 9. Del OR (...)9.3 El OR del Sector, además de la función establecida en el párrafo 9.2, y los OR de los GR y GL tienen las funciones siguientes: 1. Aprobar el PMI del Sector, GR o GL, así como las modi fi caciones de los objetivos priorizados e indicadores establecidos en el PMI. (...)6. Realizar el seguimiento de las inversiones en la fase de Ejecución, conformar y presidir el comité de seguimiento de inversiones del Sector, GR y GL, según corresponda. Para el caso de entidades o empresas públicas pertenecientes al Sector, GR y GL, el OR realiza sus funciones de seguimiento a través del Titular o la máxima autoridad de dichas entidades o empresas públicas.” “Artículo 10. De la OPMI del Sector (...)10.3 La OPMI del Sector tiene las funciones siguientes:(...)10. Veri fi car que las inversiones a formularse y ejecutarse, así como las que requieren fi nanciamiento, que se enmarquen dentro del ámbito de responsabilidad funcional del Sector, se encuentren alineadas con los objetivos priorizados y metas respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios establecidos en la programación multianual de inversiones, cumplan con la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las metodologías especí fi cas sectoriales, las normas técnicas que le sean aplicables y que contribuyan efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo a los criterios de priorización aprobados por el Sector. 11. Emitir opinión a solicitud de las OPMI de los GR y GL sobre los proyectos o programas de inversión de estos, a ser fi nanciados con fondos públicos provenientes de operaciones de endeudamiento externo mayores a un (01) año del Gobierno Nacional y sus garantías, veri fi cando que estos se encuentren alineados con los objetivos priorizados y las metas respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios establecidos en la programación multianual de inversiones, y que contribuyan efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo a los criterios de priorización aprobados por el Sector, previo a su consideración en el PMI regional o local. (...)13. Emitir opinión a solicitud de las UF del Sector sobre los proyectos o programas de inversión a ser fi nanciados con fondos públicos provenientes de operaciones de endeudamiento externo mayores a un (01) año del Gobierno Nacional y sus garantías, veri fi cando que estos se encuentren alineados con los objetivos priorizados y las metas respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios establecidos en la programación multianual de inversiones, cumplan con la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las metodologías especí fi cas sectoriales, las normas técnicas que le sean aplicables y que contribuyan efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo a los criterios de priorización aprobados por el Sector. 14. Realizar el seguimiento de las metas asociadas al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios establecidos en la programación multianual de inversiones, que permitan realizar su evaluación. Dicha evaluación se efectúa anualmente y se publica en la sede digital de la entidad. 15. Apoyar al OR en el seguimiento del avance de ejecución de las inversiones a su cargo sobre la base de la información registrada por las UEI en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Dicho seguimiento se realiza de acuerdo con lo establecido por la DGPMI. (...)18. Registrar a las UF del Sector, así como a sus responsables, siempre que estos cumplan con el per fi l profesional establecido por la DGPMI, así como actualizar y desactivar su registro en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Dicho responsable no puede formar parte de ninguna OPMI o UF. Asimismo, registra a las UEI, actualiza y desactiva su registro en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. (...)23. Realizar, mediante muestras, la evaluación de la calidad de las viabilidades de los proyectos de inversión y de la identi fi cación y aprobación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y/o de rehabilitación que se enmarquen en el ámbito de responsabilidad funcional del Sector de los tres niveles de gobierno, a través de la aplicación de la metodología general aprobada por la DGPMI. Dicha evaluación se efectúa anualmente y sus resultados se publican en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como en la sede digital del sector y del MEF. (...).”“Artículo 11. De las OPMI de los GR y GL (...)11.3 Las OPMI de los GR y GL tienen las siguientes funciones: