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9 NORMAS LEGALES Martes 4 de octubre de 2022 El Peruano / (...) 7. Veri fi car que las inversiones a formularse y ejecutarse se encuentren alineadas con los objetivos priorizados y las metas respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios establecidos en la programación multianual de inversiones, de acuerdo a sus criterios de priorización. 8. Solicitar a la Dirección General del Tesoro Público del MEF opinión respecto de los proyectos o programas de inversión, a ser fi nanciados con fondos públicos provenientes de operaciones de endeudamiento externo mayores a un (01) año del Gobierno Nacional y sus garantías, para ser considerados en el PMI respectivo. Para dicho efecto, solicita previamente opinión a la OPMI del Sector a fi n de veri fi car que estos se encuentren alineados con los objetivos priorizados y las metas respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios establecidos en la programación multianual de inversiones, y que contribuyan efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo a los criterios de priorización aprobados por el Sector, previo a su consideración en el PMI regional o local. 9. Emitir opinión a solicitud de las UF sobre los proyectos o programas de inversión a ser fi nanciados con fondos públicos provenientes de operaciones de endeudamiento externo mayores a un (01) año del Gobierno Nacional y sus garantías, veri fi cando que estos se encuentren alineados con los objetivos priorizados y las metas respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios establecidos en la programación multianual de inversiones, cumplan con la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las metodologías especí fi cas sectoriales, las normas técnicas que le sean aplicables y que contribuyan efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo a los criterios de priorización aprobados por el Sector. (...).”“Artículo 12. De las UF (...)12.3 Son funciones de las UF:(...)4. Cautelar que las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación cumplan con las de fi niciones establecidas en los numerales 7, 8, 9 y 10 del artículo 3 del presente Reglamento y no contemplen intervenciones que constituyan proyectos de inversión ni su fraccionamiento, así como no correspondan a gasto corriente. (...)7. Solicitar la opinión de la OPMI del Sector, sobre los proyectos o programas de inversión a ser fi nanciados con fondos públicos provenientes de operaciones de endeudamiento externo mayores a un (01) año del Gobierno Nacional y sus garantías, a fi n de veri fi car que estos se encuentren alineados con los objetivos priorizados y metas respecto al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios establecidos en la programación multianual de inversiones, cumplan con la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las metodologías especí fi cas sectoriales, las normas técnicas que le sean aplicables y que contribuyan efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo a sus criterios de priorización. En el caso de las UF de los GR y GL, adicionalmente, deben solicitar opinión a su OPMI. Dicha opinión es previa a la solicitud de opinión a que se re fi ere el numeral 8. (...)9. Veri fi car y aprobar la consistencia técnica entre el resultado del expediente técnico o documento equivalente y la fi cha técnica o estudio de preinversión que sustentó la declaración de viabilidad de los proyectos de inversión. (...).”“Artículo 13. De las UEI (...)13.3 Las UEI cumplen las funciones siguientes:(...)4. Registrar y mantener actualizada la información del avance físico y fi nanciero de las inversiones a su cargo en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, conforme a las disposiciones que emita la DGPMI. (...)6. Realizar el seguimiento de las inversiones y efectuar el registro correspondiente en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. (...).”“Artículo 14. Fase de Programación Multianual de Inversiones (...)14.5 La cartera de inversiones del PMI considera inversiones en liquidación, en ejecución física, con expediente técnico aprobado o en elaboración, o documento equivalente aprobado o en elaboración, declaradas viables o aprobadas, según corresponda, así como inversiones a nivel de idea. (...)14.11 Excepcionalmente, la incorporación de inversiones no previstas en el PMI es registrada por la OPMI, la que es responsable de sustentar técnica y fi nancieramente estas incorporaciones. Dichas inversiones deben estar alineadas a los criterios de priorización sectoriales aprobados y registrados en el PMI. 14.12 En caso una inversión sea ejecutada y/o fi nanciada, de manera conjunta, por más de una entidad del Gobierno Nacional de distintos sectores, ésta se registra en la cartera de inversiones del PMI del Sector al que dicha inversión contribuya con el cierre de sus brechas de infraestructura o de acceso a servicios. Cuando la inversión contribuya a más de una brecha, se registra en la cartera de inversiones de uno de ellos según acuerdo entre las partes. Si es ejecutado y/o fi nanciado, de manera conjunta, por una entidad del Gobierno Nacional y, uno o más GR y/o GL, se programa en la cartera del Sector. En caso que los GR y GL ejecuten y/o fi nancien una inversión, deben acordar el PMI en el cual se registra la misma. 14.13 Las inversiones de los GR y/o GL fi nanciadas con transferencias del Gobierno Nacional, se consideran en el PMI del Sector que efectúa la transferencia hasta su culminación. Las inversiones de los GR y GL fi nanciadas con transferencias de otros GR o GL, se consideran en el PMI según acuerdo entre las entidades involucradas. (...).”“Artículo 15. Fase de Programación Multianual de Inversiones de las empresas públicas bajo el ámbito del FONAFE, incluido ESSALUD (...)15.4. El FONAFE realiza el seguimiento de las inversiones de las empresas públicas bajo su ámbito,