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105 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de octubre de 2022 El Peruano / del íntegro de este documento en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOMAGNO CHACON GOMEZ Alcalde 2112210-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Modifican Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2023 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2022-MDR El Rímac, 5 de octubre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTOS: El Informe Nº 056-2022-GPP-MDR, de fecha 23 de septiembre de 2022, de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y el Informe Legal Nº778-2022-GAJ de fecha 26 de septiembre del 2022, de la Gerencia de Asesoría Juridica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobiernos locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Para tal efecto, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley Nº 27972, dispone que, los gobiernos locales están sujetos a las Leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política regulan las actividades y funcionamiento del sector público, así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; y que, las competencias y funciones especí fi cas de las municipalidades se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, mediante Ordenanza Nº 604-MDR, publicada el 09 de septiembre del 2022, en el diario o fi cial “El Peruano” se APROBO el Reglamento de Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultado en el Distrito del Rímac; Que, la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 604-MDR, AUTORIZA al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, expida disposiciones que sean necesarias para modi fi car, precisar o desarrollar el presente Reglamento, así como todo no lo previsto en el mismo; Que, a través de Informe Nº 056-2022-GPP-MDR, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, propone se modi fi que, a través de Decreto de Alcaldía, el Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo para el año Fiscal 2023; Que, con Informe Legal Nº778-2022-GAJ-MDR, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite OPINIÓN FAVORABLE la Modi fi cación de cronograma de reglamento del proceso del Presupuesto Participativo I basado en resultados en el distrito del Rímac, el cual deberá aprobarse mediante Decreto de Alcaldía de acuerdo a la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento del Proceso Participativo basado en Resultados en el distrito del Rímac, a fi n de proseguir su trámite correspondiente; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º, el Artículo 39º y el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2023, el mismo que fuera aprobado por Ordenanza Nº604-MDR, Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito del Rímac, el mismo que, como ANENXO I, forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y sus demás Subgerencias, el cumplimiento del presente Decreto; a la Secretaria General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, a la Subgerencia de Informática, el cumplimiento y publicación en la página web de la Municipalidad: www.munirimac.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y a la Gerencia de Imagen y Comunicación Social, su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO GUILLERMO ROSARIO TUEROS Alcalde 2114358-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORROPON Ordenanza Municipal que aprueba la exoneración del 80% de derecho de pago por autorización de salida de vehículo en el Depósito Municipal ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2022/MDM-CM ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DEL 80% DE DERECHO DE PAGO POR AUTORIZACIÓN DE SALIDA DE VEHÍCULO EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL Morropón, 21 de setiembre del 2022.VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de setiembre del 2022; Informe Legal Nº 096-2022/MDM-GAL-GARE, de fecha 12 de setiembre del 2022, suscrito por la Gerencia de Asesoría Legal; Informe Nº 01055-2022/MDM-SGDURI-INFRA/ING.JIZC, de fecha 09 de setiembre del 2022, emitido por el Sub Gerente de Desarrollo Urbano Rural e Infraestructura, Informe Nº 046-2022/MDM-OT, de fecha 02 de setiembre del 2022, suscrito por el Jefe de la O fi cina de Transportes, sobre “Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la exoneración de derecho de pago por autorización de salida de vehículo en el depósito municipal”; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades