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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (12/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de octubre de 2022 El Peruano / fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución; más aún, si ellos cuentan con una plaza de origen titular. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional del Ministerio Público, con la fi nalidad de garantizar un servicio e fi ciente y e fi caz, es quien posee la discrecionalidad en la designación de fi scales provisionales; por lo que, considerando lo solicitado e informado en los documentos citados en el primer párrafo y que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de reorganizar el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Puente Piedra, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento y designación del abogado Oscar Emilio Arias Paredes; y, atendiendo a que el mencionado nombramiento fue efectuado con retención de su cargo de carrera, deberá darse también por concluido el nombramiento del fi scal provisional que ocupa la plaza donde deberá ser designado, conforme a lo señalado en el o fi cio Nº 2229-2022-MP-FN-PJFSLIMANORTE, suscrito por la abogada Elsa Victoria Perata Argomedo, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, así como previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al reemplazo correspondiente que ocupe provisionalmente el cargo de Fiscal Provincial, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158° y 159° de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Oscar Emilio Arias Paredes, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Puente Piedra, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2314-2018-MP-FN, 462-2020-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 06 de julio de 2018, 02 de marzo de 2020 y 29 de enero de 2021, respectivamente. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Juan Carlos Ventosilla Alvarado, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Condevilla, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2901-2018-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 17 de agosto de 2018 y 29 de enero de 2021, respectivamente. Artículo Tercero .- Dar por concluida la designación de la abogada Carol Britt Coello Acosta , Fiscal Adjunta Provincial Titular Civil y Familia de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla, actualmente Distrito Fiscal Lima Noroeste, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Ventanilla, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 3906-2017-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 27 de octubre de 2017 y 29 de enero de 2021, respectivamente. Artículo Cuarto .- Nombrar a la abogada Carol Britt Coello Acosta , como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Puente Piedra, con retención de su cargo de carrera. Artículo Quinto .- Designar al abogado Oscar Emilio Arias Paredes , Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, Distrito Fiscal de Lima Norte, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Condevilla. Artículo Sexto .- Disponer que el nombramiento y designación del personal fi scal señalado en el artículo cuarto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Séptimo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Noroeste y Lima Norte, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2114561-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Islay RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2170-2022-MP-FN Lima, 11 de octubre de 2022VISTO Y CONSIDERANDO:Que, con o fi cio Nº 2255-2022-MP-FN-PJFSAREQUIPA, cursado por el abogado Freddy Santiago Irigoyen Díaz, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, se eleva la propuesta para cubrir una plaza de Fiscal Adjunto Provincial para el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Islay, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante, e informa que la plaza señalada, cuenta con código AIRHSP Nº 000729. Asimismo, mediante o fi cio Nº 1320-2022-MP-FN- UEDFAREQ, suscrito por Rennier Alvaro Moreno Arias, Gerente Administrativo de la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de Arequipa, se informa que en la Unidad Ejecutora 003: Gerencia Administrativa de Arequipa, existen saldos presupuestales disponibles para cubrir la citada plaza vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente