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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (12/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de octubre de 2022 El Peruano / tres (3) días hábiles luego de llevada a cabo la sesión; asimismo, debe noti fi carse a las partes, respetando fi elmente las formalidades de los artículos 20, 21 y siguientes del TUO de la LPAG . g) En caso de que se interponga recurso de apelación, se deben remitir copias certi fi cadas o autenticadas de los actuados en el expediente administrativo, dentro del plazo máximo e improrrogable de tres (3) días hábiles luego de su presentación, siendo potestad exclusiva del Jurado Nacional de Elecciones cali fi car su inadmisibilidad o improcedencia. 2.10. Asimismo, el señor alcalde, y el secretario general, o a quien haga sus veces, deberán remitir, en original o copia certi fi cada, los siguientes documentos: a) Cargos de noti fi cación de la convocatoria a la sesión extraordinaria en la que se resuelva el pedido de vacancia seguido en contra del señor alcalde, dirigida a la autoridad cuestionada y a los demás miembros del concejo municipal. b) Acta de sesión extraordinaria, y su respectivo acuerdo de concejo, que resuelva el pedido de vacancia. c) Cargos de noti fi cación del acta de sesión extraordinaria y/o del acuerdo de concejo, dirigida al señor alcalde y a los demás miembros del concejo municipal. d) Constancia o resolución que declara consentido el acuerdo de concejo que resolvió el pedido de vacancia, solo en caso de que no se haya interpuesto recurso de apelación. 2.11. Cabe recordar que todas estas acciones establecidas son dispuestas por este Supremo Tribunal Electoral en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitución Política del Perú; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal que corresponda, para que las remita al fi scal provincial penal respectivo, a fi n de que evalúe la conducta del señor alcalde y/o del señor secretario general, o quien haga sus veces. 2.12. Finalmente, se precisa que la noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.10.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. Declarar NULO el acto de convocatoria a la sesión extraordinaria de concejo del 10 de junio de 2022 y los actos posteriores que se hayan emitido en el procedimiento de vacancia seguido en contra de don Manuel Óscar Dreyfus Ríos, alcalde del Concejo Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, por la de ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta (30) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal; e inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecidas en los numerales 4 y 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. REQUERIR a doña Sarita Mildreth Cauper Dávila, alcaldesa encargada de la Municipalidad Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, para que convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo, en la cual se dilucide y resuelva la vacancia solicitada en contra de don Manuel Óscar Dreyfus Ríos, alcalde de la mencionada entidad edil; respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 20, 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, de conformidad con lo dispuesto en el considerando 2.9. de la presente resolución; bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias.3. REQUERIR a doña Sarita Mildreth Cauper Dávila, alcaldesa encargada de la Municipalidad Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, y al secretario general de la citada entidad edil, o a quien haga sus veces, para que remitan en original o copia certi fi cada los documentos indicados en el considerando 2.10. del presente pronunciamiento; bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Artículo 99.- Causales de abstención La autoridad que tenga facultad resolutiva o cuyas opiniones sobre el fondo del procedimiento puedan in fl uir en el sentido de la resolución, debe abstenerse de participar en los asuntos cuya competencia le esté atribuida (...) 3 Artículo 112.- Obligatoriedad del voto 112.1 Salvo disposición legal en contrario, los integrantes de órganos colegiados asistentes a la sesión y no impedidos legalmente de intervenir, deben a fi rmar su posición sobre la propuesta en debate, estando prohibido inhibirse de votar. 112.2 Cuando la abstención de voto sea facultada por ley, tal posición deberá ser fundamentada por escrito. 2114562-1 Restablecen vigencia de credencial otorgada a alcalde de la Municipalidad Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali RESOLUCIÓN Nº 3959-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022006014 MASISEA - CORONEL PORTILLO - UCAYALISUSPENSIÓNCONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, cinco de octubre de dos mil veintidósVISTA: la solicitud de restablecimiento de credencial, del 19 y 22 de setiembre de 2022, formulada por don Manuel Oscar Dreyfus Ríos, alcalde suspendido de la Municipalidad Distrital de Masisea, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali (en adelante, señor alcalde), en el marco del procedimiento de suspensión que se le siguió por el tiempo que dure el mandato de