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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (15/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Sábado 15 de octubre de 2022 El Peruano / Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático, Subgerencia de Tesorería y demás dependencias de la administración la correcta aplicación de la presente Ordenanza; a la Secretaria General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático, y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal web de la Institución: www. munisjm.gob.pe. Quinto.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia. Sexto.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DANIEL CASTRO SEGURA Alcalde 2115729-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban el Reglamento de Ordenanza N° 502-MDS, que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Surquillo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2022-MDS Surquillo, 8 de septiembre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Memorando Nº 1030-2022-GM-MDS, de fecha 06 de setiembre de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 277-GAJ-MDS, de fecha 31 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 177-2022-GDU/MDS, de fecha 18 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 997-2022-GSC-MDS, de fecha 18 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana; el Informe Nº207-2022-GPMA-MDS, de fecha 16 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Protección del Medio Ambiente; el Informe Nº 188-2022/SOP/GDU-MDS, de fecha 17 de agosto de 2022, emitido por la Subgerencia de Obras Públicas; el Informe Nº 438-2022-GDE-MDS, de fecha 15 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Desarrollo Empresarial, respecto a la reglamentación de la ubicación e instalación de propaganda electoral en bienes de uso público en el distrito de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 3.6.3 del artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, constituye función especí fi ca exclusiva de las municipalidades distritales el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política; Que, la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modi fi cada por la Ley Nº 28581, establece, en su Título VIII, el marco genérico de la propaganda política en los procesos electorales constitucionalmente convocados;Que, el artículo 185º, concordante con el inciso d) del artículo 186º de la citada Ley Orgánica de Elecciones, determinan que las autoridades municipales son competentes para regular y determinar la ubicación de propaganda política en igualdad de condiciones para todas las organizaciones políticas; Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 181º de la Ley Orgánica de Elecciones, la propagan electoral debe llevarse a cabo dentro de los límites que señalan las leyes; Que, por Ordenanza Nº 502-MDS se regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propagan electoral en el distrito de Surquillo autorizándose a la reglamentación correspondiente; Que, de conformidad con el Memorando Nº 1030-2022-GM-MDS, de fecha 06 de setiembre de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 277-GAJ-MDS, de fecha 31 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 177-2022-GDU/MDS, de fecha 18 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 997-2022-GSC-MDS, de fecha 18 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana; el Informe Nº207-2022-GPMA-MDS, de fecha 16 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Protección del Medio Ambiente; el Informe Nº 188-2022/SOP/GDU-MDS, de fecha 17 de agosto de 2022, emitido por la Subgerencia de Obras Públicas; el Informe Nº 438-2022-GDE-MDS, de fecha 15 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Desarrollo Empresarial, precisan que resulta procedente la emisión de la reglamentación; En uso de las facultades conferidas por los artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Ordenanza Nº 502-MDS, que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propagan electoral en el Distrito de Surquillo, en atención a los fundamentos expuestos en el presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana a través de la Subgerencia de Policía Municipal y Serenazgo, la fi scalización y control. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente decreto en el Diario O fi cial “El Peruano” y el íntegro del anexo antes referido en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General y a la Gerencia de Imagen la publicación y publicidad correspondiente. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 2115785-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL FERREÑAFE Aprueban beneficios para el cumplimiento de obligaciones tributarias en la Municipalidad Provincial de Ferreñafe ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2022-CMPF Ferreñafe, 16 de setiembre de 2022