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54 NORMAS LEGALES Sábado 15 de octubre de 2022 El Peruano / Del mismo modo, condónense el 100% de las multas tributarias por los casos mencionados en el artículo precedente. Adicionalmente, se condonarán los gastos y costas procesales producto de la cobranza coactiva, siempre y cuando se cancelen los tributos asociados al expediente coactivo que generó dichos gastos y costas. Los tributos asociados al (los) expediente(s) también gozarán de los bene fi cios descritos en el cuadro anterior. Artículo 5º.- EXCEPCIONES No están dentro del alcance de esta norma las deudas que ya se encuentren canceladas o hayan sido canceladas producto de un procedimiento de ejecución coactiva, ni las deudas que se encuentren en trámite o ejecución de compensación, transferencia de pagos o canje de deuda. Artículo 6º.- DE LOS RECURSOS IMPUGNATORIOS EN TRÁMITE Cuando el deudor haya iniciado procedimientos contenciosos o no contenciosos ante la Municipalidad u otras instancias administrativas o judiciales por las deudas materia de acogimiento, deberá desistirse del procedimiento o presentar copia autenticada del desistimiento presentado ante la instancia correspondiente. Artículo 7º.- DE LA PÉRDIDA DEL BENEFICIO TRIBUTARIO OTORGADO En caso el contribuyente desee fraccionar la deuda vencida, esta no podrá gozar de los bene fi cios planteados en la presente ordenanza. El fraccionamiento de la deuda incluirá intereses, multas y demás según corresponda. Adicionalmente, para el fraccionamiento de una deuda en estado coactivo, además de la cuota inicial, se deberán cancelar previamente los gastos y costas generadas producto del procedimiento de cobranza coactiva. Artículo 8º.- VIGENCIA Los bene fi cios otorgados mediante la presente ordenanza tendrán una vigencia que se iniciará desde el día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano, y se extenderá hasta el 29 de octubre de 2022. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuación e implementación de la presente ordenanza, así como para prorrogar la vigencia de la misma, de resultar necesario. Segunda.- Los bene fi cios otorgados en la presente ordenanza resultan incompatibles con cualquier otro descuento otorgado. Tercera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ RUBÉN DELGADO HEREDIA Alcalde 2115875-1 Otorgan el reconocimiento y registro como organización social de base de apoyo alimentario a las “Ollas Comunes” en el distrito de Punta Negra ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2022/MDPN Punta Negra, 30 de setiembre de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA VISTOS:En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, Informe Nº 014-2022-GDS/MDPN, Informe Nº 281-2022-GAJ/MDPN.CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, dentro del marco legal establecido por la Ley General de Salud, Ley Nº 26842, especí fi camente en los numerales II y VI del Título Preliminar de la Ley en mención, se señala que la protección de la Salud es de interés público y que es responsabilidad del Estado regular, vigilar y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de dichas prestaciones a la población. Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 383-2020-MINSA se aprueba el Documento Técnico denominado: Orientaciones sobre condiciones sanitarias mínimas para preparar alimentos en “Olla Común” en situaciones de emergencia sanitaria, el cual tiene por fi nalidad contribuir con la salud de la población que accede a alimentos elaborados o preparados culinariamente. Que, con Informe Nº 014-2022-GDS/MDPN, la Gerencia de Desarrollo Social remite a la Gerencia Municipal, el proyecto de Ordenanza sobre Reconocimiento y Registro de Organización Social de base de apoyo alimentario “Olla Común” para su evaluación y/o trámite de aprobación ante el Concejo Municipal. Que, con Informe Nº 281-2022-GAJ/MDPN, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre el reconocimiento y registro como Organización Social de Base de Apoyo Alimentario denominado “Olla Común” bajo los fundamentos legales expuestos. Estando a lo expuesto, el Concejo Municipal de conformidad con el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, aprueba por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RECONOCIMIENTO Y REGISTRO COMO ORGANIZACIÓN SOCIAL DE BASE DE APOYO ALIMENTARIO, DENOMINADO “OLLA COMÚN” DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA Artículo Primero.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Otorgar el reconocimiento y registro como organización social de base de apoyo alimentario a las “Ollas Comunes” en el Distrito de Punta Negra, con la fi nalidad de buscar el fi nanciamiento de empresas públicas y privadas para poder sostener las necesidades alimentarias de los grupos sociales más vulnerables y de mayor depresión económica, con una provisión diaria de ración alimentaria, sin costo alguno para los bene fi ciarios, debidamente empadronados y registrados, quienes a causa de la pandemia (COVID-19) vienen siendo afectados y mientras subsista el estado de necesidad. Artículo Segundo.- FINALIDAD Que, mediante el reconocimiento a las “Ollas Comunes” del Distrito de Punta Negra, se pretende contribuir a mejorar la calidad de vida de este colectivo de personas que, por su precaria situación económica, no se encuentran en condiciones de atender sus necesidades de subsistencia. Artículo Tercero.- DEFINICIONESOLLAS: Utensilios para cocinar, usado especialmente para cocer o guisar alimentos y para hervir agua, que consiste en un recipiente. En la actualidad la sociedad lo relaciona a ollas comunales o de comunidades. COMUNES: Que pertenece a todas las personas. Pare efectos de la presente se relaciona con ollas o comida que son para todos los integrantes de un grupo de personas. EMPADRONADOS: aplicación de un censo teniendo en cuenta características en común entre quienes se desarrolla tal conteo. GRUPO SOCIALES: un conjunto de individuos (tres o más personas) que desempeñan un rol social dentro