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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (16/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Domingo 16 de octubre de 2022 El Peruano / las Municipalidades Distritales en materia de manejo de residuos sólidos son competentes y responsables por implementar obligatoriamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando la valorización de los residuos y asegurando una disposición fi nal técnicamente adecuada; Que, a su vez, los artículos 11°, 19° y 28° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 005-2022-MINAM, prescriben que el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos es un instrumento técnico que debe ser elaborado, aprobado e implementado por las municipalidades distritales, a través del cual se formulan estrategias para la segregación en la fuente, el diseño de la recolección selectiva de los residuos sólidos aprovechables (orgánicos e inorgánicos) considerando los resultados obtenidos del Estudio de Caracterización de Residuos Sólidos Municipales, así como la de fi nición de acciones para garantizar el aprovechamiento de los residuos sólidos generados en su jurisdicción, y que el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos implementado por las municipalidades, debe contemplar, entre otros aspectos, los procesos necesarios para facilitar la segregación de residuos sólidos municipales en la fuente de los generadores de su jurisdicción; Que, asimismo, el artículo 9° de la Ordenanza que regula la gestión integral de residuos sólidos municipales en el distrito de San Isidro, Ordenanza N° 487-MSI, prescribe que la Municipalidad de San Isidro asume la administración y gestión de los residuos sólidos del distrito de San Isidro, y en uso de esta atribución debe cumplir la acción de fomentar la minimización de los residuos sólidos domiciliarios a través de un programa de segregación en la fuente, a fi n de incentivar la conciencia ambiental en los vecinos; Que, el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 022-2020-ALC/ MSI se aprueba el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales - RECICLA SAN ISIDRO, Año 2021; Que, en este contexto, acorde con sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones -ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modi fi catoria, con los documentos del visto, la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible y la Subgerencia de Gestión Ambiental remiten el proyecto del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales , “RECICLA SAN ISIDRO” 2022 – 2026, a fi n de cumplir con la implementación de dicho programa, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1278, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, que tiene como fi nalidad minimizar y reducir la cantidad de residuos sólidos dispuestos inadecuadamente en el ambiente y disponer adecuadamente los residuos sólidos municipales aprovechables; proyecto que ha sido elaborado y aprobado por el Equipo Técnico Municipal (ETM) para la elaboración del Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos y del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos de la Municipalidad de San Isidro; Que, asimismo, el referido Programa cuenta con la conformidad de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, con los informes del visto, señalando que tiene las actividades y tareas incluidos en el Plan Operativo Institucional 2022 y POI Multianual 2023 -2025, en concordancia con el Programa Presupuestal 036, Gestión Integral de Residuos Sólidos, contando por ello con cobertura presupuestal y cumple con la “ Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos” , aprobada por Resolución Ministerial N° 138-2021-MINAM, motivo por el cual otorgan su opinión favorable a la propuesta; Que, por tales consideraciones, la propuesta normativa se encuentra conforme con los lineamientos de la gestión integral de residuos sólidos previstos en el Decreto Legislativo Nº 1278, su Reglamento, la “ Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos” y demás normativa aplicable, por lo que corresponde la aprobación, mediante Decreto de Alcaldía, del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales, “RECICLA SAN ISIDRO”, 2022 - 2026; Que, estando a las opiniones favorables de la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible; Subgerencia de Gestión Ambiental; Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los documentos del visto; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 20°, y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972 y modi fi catorias; DECRETA:Artículo Primero .- APROBAR el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales, “RECICLA SAN ISIDRO”, 2022 – 2026; el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Ambiental Sostenible, a través de la Subgerencia de Gestión Ambiental, el cumplimiento del presente Decreto y la implementación del programa aprobado. Artículo Tercero .- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el diario ofi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación del mismo y su anexo en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO CÁCERES VIÑAS Alcalde 2115591-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Conforman el Comité Distrital de Salud de San Luis, Instancia de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud ORDENANZA Nº 0338-MDSL/C San Luis, 29 de setiembre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Luis, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO:El el Memorándum Nº 350-2022-MDSL-GPES que contiene el Informe Nº 270-2022-MDSL-GPES/SGSDPSD de la Sub Gerencia de Salud DEMUNA y Programas Sociales, la Gerencia de Salud, el Memorándum Nº 1103-MDSL-GPEP de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto y el Memorándum Nº