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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (19/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de octubre de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYABACA GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA SUB GERENCIA DE RECAUDACION ANEXO II DECLARACION JURADA ATENCION: GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYABACA NOMBRES Y APELLIDOS YO. CON DNI N° TELEFONO / CELULAR DOMICILIO Declaro bajo juramento a reali zar la siguiente actividad comercial para la venta de: Puesto para la Venta de Bocadillo y Dulces 2m X 1m Puesto para la Venta de Milagros y reliquias 2m X 1m Puestos para la Venta de Comidas y Juguerías 3m X 3m Puestos para la Venta de Ropa , Zapaterías y Telas 3m X 3m Puestos para la Venta de Pr oductos Artesanales 2m X 3m Puestos para la Venta de Utensilios de Cocina, juguetería y afines 2m X 3m Puestos para la Venta de Emolientes , Salchipollo y Anticuchos 2m X 3m Puestos para la Venta de CDs Musicales, Videos y Juegos de Mesa 2m X 3m Puestos para Fotógrafos y afines. 3m X 1.5m Puestos para espacios recreativos. 2m x 3m En la calle y/o avenida. _________ _____________________________ ___________________, vía publica autorizada mediante Ordenanza Munic ipal N°___-2022-MPA-CM. Durante la “FERIA INTERNACIONAL SEÑOR CAUTIVO DE AYABACA –OCTUBRE 2022” , que tendrá una vigencia de l 05 al 20 de octubre del presente año. Además, afirmo que los datos consignados son correc tos y que esta declaración se ha confeccionado sin omitir ni falsear dato adjunto que debe contene r, siendo fiel expresión de la verdad. ME COMPROMETO A REALIZAR LA ACTIVIDAD COMERCIAL QUE E DECLARADO . Ayabaca ____de _________ del 2022 _________________________ NOMBRES Y APELLIDOS___________________ ________________________________ DNI N° ____________________ DJN° HUELLA DIGITAL 2116729-2 Ordenanza Municipal que regula las Zonas de Circulación y Estacionamiento de Vehículos por la “Feria Internacional del Señor Cautivo - Octubre - 2022”, durante el periodo del 5 al 25 de octubre de 2022 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2022-MPA-“CM” Ayabaca, 23 de septiembre del 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYABACA VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 021 de fecha 19 de septiembre del 2022, el Informe Nº 215-2022.MPA-SCHUT-GDUR de fecha 13 de septiembre del 2022, mediante el cual la Subgerente de Catastro Habilitación Urbana y Transportes, alcanza propuesta de ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LAS ZONAS DE CIRCULACION Y ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS POR LA “FERIA INTERNACIONAL DEL SEÑOR CAUTIVO” – OCTUBRE – 2022, DURANTE EL PERIODO DEL 05 DE OCTUBRE AL 25 DE OCTUBRE DEL 2022, para opinión legal correspondiente, y;CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º prescribe: Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, asimismo, la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades-, en su Título Preliminar, artículo II, prescribe: Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, en la Administración Pública, la autoridad competente en cualquiera de sus Tres Niveles de Gobierno (Nacional, Regional o Local), debe sujetarse a lo establecido en el Principio de Legalidad, el mismo que conforme a lo establecido en el Artículo IV numeral 1 sub numeral 1.1 del T.P. del nuevo T.U.O. de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 25 de enero de 2019, señala expresamente lo siguiente: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas.” Que, la misma Ley Orgánica establece en el Artículo IV de su Título Preliminar, que los gobiernos locales